Participación Ciudadana: ¿Participaqué?
Aug. 21 , 2011
El pasado 16 de febrero, después de varios años y trámites legislativos se logró sacar adelante la ley 20.500, siendo probablemente una de las promulgaciones que paradojalmente al tema que aborda, ha pasado más desapercibida en los últimos tiempos. Como dijimos en esa oportunidad, la nueva legislación está más centrada en las temáticas vinculadas a fomentar la asociatividad que realmente a entregar herramientas de participación vinculante a la ciudadanía.
Pero sacando cuentas pensamos que era un paso adelante, ya que se explicitó la Participación Ciudadana como un derecho y se establecieron algunos mecanismos concretos para ejercerlo. Sin embargo ha sorprendido el sigilo o "bajo perfil" con que el Ejecutivo ha abordado la puesta en marcha de esta ley. Mientras las calles se desbordan de manifestaciones clamando por espacios reales de participación, poco y nada se ha dicho de este modesto avance, pero avance al fin y al cabo.
El 16 de agosto de 2011 era un día clave en el proceso. En esa oportunidad se marcaba un importante hito para hacer del texto una realidad tangible: era el plazo legal que tenían los municipios para aprobar la ordenanza municipal y el reglamento de la ley que entre otras materias, establece la formación del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, órgano que busca representar a diferentes organizaciones de la comunidad.
Pero apareció un primer traspié. Según un reglamento tipo publicado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional (SUBDERE), el Consejo se define como un "órgano asesor de ésta (municipalidad) en el proceso de asegurar la participación de la comunidad local en el progreso económico, social y cultural de la comuna". O sea, el organismo que reúne a los representantes de la ciudadanía para supuestamente ejercer el derecho a participar de la gestión pública, queda reducido a un "asesor", que opine en materias relacionadas al "progreso", lo cual sin ser negativo, es una oda a la vaguedad.
En otra sección dedicada a la ley, también en el sitio web de la SUBDERE, se puede leer: "(…) los artículos 94 y 5º transitorio del mismo cuerpo legal, disponen que cada una de las municipalidades de Chile deberá dictar un Reglamento para este Consejo, el cual determinará su integración, organización, competencia y funcionamiento. Este cuerpo normativo deberá ser aprobado previamente por el respectivo concejo. El plazo máximo para la dictación del Reglamento vence el día 16 de agosto de 2011". Es así como entre marchas y ciudadanía empoderada, quise saber desde fuentes oficiales qué había pasado al respecto, pensando -ingenuamente quizás- que dada la coyuntura encontraría vasta información acerca de cómo va la cosa. Más que mal, invitar al diálogo y prometer vías de participación está más de moda que nunca.
Partí por lo obvio, que son los sitios de internet del Gobierno encargados del tema. Primera y optimista parada: noticias en portada de la Secretaría general de Gobierno, ministerio del cual depende la División de Organizaciones Sociales. Nop. Naca la pirinaca. Pero revisemos, quizás más atrás…no, nada al respecto. Segunda parada: directo a la web de la DOS y a la página www.participemos.cl. Nop, tampoco salió el número premiado… bueno, tratándose de municipios veamos qué pasa con la Asociación Chilena de Municipalidades: peor es nada. Aquí encontramos un par de actividades que se organizaron en Los Andes y en la Araucanía, pero ningún anuncio específico, ni noticia que refiriera a la dictación del reglamento. Finalmente, decidí recorrer algunos sitios web de municipios "grandes" como Santiago o Ñuñoa… a lo más ordenanzas antiguas o un link que dirigía a "not found".
Lamentable noticia, o más bien falta de ella. ¿Cómo se pide confianza en la institucionalidad para establecer diálogos inclusivos y participativos con este tipo de antecedentes?, ¿cuánta dedicación ha puesto el gobierno para hacer de esta ley más que una declaración de buenas intensiones?, ¿con qué recursos se cuenta efectivamente para su implementación y puesta en marcha? Pues por modestos que nos puedan parecer sus avances en la posibilidad cierta de un mayor y mejor ejercicio del derecho de Participación, la nueva legislación entrega algunas herramientas concretas para la ciudadanía, sobre todo a nivel de gobiernos locales. Pero por si fuera poco la falta de difusión del proceso, es francamente desilusionante leer el reglamento tipo que publicó la SUBDERE como modelo para que los municipios puedan desarrollar el propio.
En una primera revisión del texto, las generalidades mandan y los mecanismos efectivos y vinculantes de participación brillan por su ausencia. El Consejo es presidido por el Alcalde quien además tiene amplias facultades para distribuir los tiempos y prioridades temáticas en las sesiones del Consejo. En definitiva, el reglamento propuesto dibuja un Consejo asesor que deberá opinar sobre lo que se le pregunta, según tiempos y mecanismos inciertos, sin especificar mayores atribuciones.
Suena interesante tener Consejos de Sociedad Civil, así como suena de país desarrollado tener ley de Participación, pero tal como va el proceso, tener este cuerpo legal vigente no significa que se esté apuntando hacia el cumplimiento del espíritu de la ley. Y ojo, que es este tipo de desaciertos son los que han contribuido a cultivar la desafección ciudadana por la labor pública, la desconfianza en los anuncios e incluso de los procesos legislativos.
Participar implica tomar parte de las decisiones. Sí, efectivamente requiere que los y las involucradas tengan acceso a una porción de poder. Y hoy más que nunca se requiere que los canales institucionales tengan estas características y den garantías a una ciudadanía que afortunadamente para nuestro país, está activa y muy atenta a que no le pasen gato por liebre.





Posted by margaret on August 21, 2011 at 10:17 PM CLT #
Posted by margaret on August 21, 2011 at 10:21 PM CLT #