José Zalaquett

Etica, Política, Cultura

 

Justicia y Clemencia: el debate que no fue

Aug. 02 , 2010

28 Comments

El Domingo pasado publiqué el artículo "Diez Puntos Sobre Indulto y DD.HH.".  Pese a su título, no trataba específicamente sobre "indultos", aunque ésa es la palabra con que últimamente se identifica (incorrectamente) el tema en cuestión.  Lo que sí intentaba aclarar es las condiciones y límites del perdón o clemencia.


Mi planteamiento central es que Chile se debe a sí mismo "una discusión ética y legalmente fundamentada sobre este tema".  El debate se ha reducido a simplificaciones y encasillamientos. Y, luego del domingo pasado, no ha habido mayor discusión,  pues todos entendieron que con el anuncio del Presidente Piñera, comunicado ese mismo día, se cerraban las posibilidades, al menos por ahora. 


Como ejemplo de la simplificación a que me refiero, en El Mercurio de hoy, una periodista pregunta al Ministro de Justicia si el gobierno no es "más papista que el Papa" al haber negado la posibilidad de indulto, cuando personas como quien escribe habían señalado que la ética exige, en estos casos, conciliar "una justicia seria con un grado de clemencia por motivos bien fundados". 


De lo que yo había escrito, las palabras "seria", "un grado de" y "bien fundados" dejaban de tener relevancia. Lo que interesaba es el sustantivo "clemencia" que se interpretaba, implícitamente, como sinónimo de indultos. De este modo, se encasillan las opiniones en el esquema de blanco o negro. El Ministro aclaró en la misma entrevista, adecuadamente, que "es sano entender que cuando hablamos de DD.HH … estamos haciéndonos cargo de un tema que nos pertenece a todos". 


No deja de ser frustrante que, en lo que hoy pasa por debate de temas de fondo en nuestro país, si uno sostiene "uno, dos tres", no se responda "cuatro, cinco, seis", sino algo por el estilo de "triángulo, jueves, amarillo". Insistamos, sin embargo, en tratar de aclarar los puntos más pertinentes: 


1. Una justicia seria supone que los procesos son justos y las eventuales condenas son proporcionales a la gravedad del crimen.  En suma, que no sea una fachada tras la cual se esconde la impunidad.  Dicho ello, la posibilidad de clemencia no está excluida.


 2. Aunque toda violación de DD.HH. es condenable, no toda es un crimen contra la humanidad.  Esta caracterización se aplica a ilícitos particularmente graves que se han cometido como parte de un ataque masivo o sistemático contra sectores de la población y a sabiendas de ese ataque.  Respecto de ellos, la seriedad de la justicia debe ser más enfática: el paso del tiempo no extingue la responsabilidad de los hechores, es decir, son delitos "imprescriptibles": no caben medidas que impidan un proceso y eventual castigo; los motivos para una posible clemencia (que no es, necesariamente, sinónimo de indulto) deben ser aún más fundados que en el caso de crímenes menos graves.


 3. En situaciones de polarización política como la que vivió nuestro país,  hay más probabilidades de que aflore lo peor del ser humano.  Por supuesto, ello no legitima los crímenes, pero da pie a que se muestre clemencia a quienes, no habiendo perpetrado crímenes contra la humanidad, colaboren con la verdad y expresen arrepentimiento.


 4. Incluso (y este punto es siempre difícil de asimilar) respecto de quienes hayan cometido los peores crímenes, no está cerrada la posibilidad, siempre que sea muy bien fundada, de actos de humanidad.  Por ejemplo, hace cerca de 40 años, Amnesty Internacional pidió que Rudolf Hess, el tercero de la jerarquía nazi, quien había quedado como único recluso en la cárcel de Spandau, a una edad muy avanzada, no fuera mantenido en régimen de incomunicado.  A quienes objetaron que se trataba de un monstruo se les respondió: "nosotros no lo somos".  Efectivamente, no torturamos a los torturadores ni negamos gestos de justificada humanidad a quienes no tuvieron ninguno con sus víctimas.


 5. Es decir, aun en caso de los peores crímenes, si se ha cumplido una parte significativa de la pena y se expresa un genuino arrepentimiento, se justifican medidas como, por ejemplo, que el reo cumpla el resto de la pena en su domicilio, si tiene una edad muy avanzada o una enfermedad grave.


 6. Lo anterior se aplica también a condenados por delitos comunes.  Además, se hace imperativa de una reforma penitenciaria, dadas las condiciones actuales de las cárceles.


 7. La decisión del presidente Piñera no cierra las posibilidades de tales opciones de clemencia, pero tampoco es suficientemente precisa.


 8. Debemos tener en cuenta que no toda clemencia consiste en amnistías ni en indultos, sean éstos particulares o generales. También debemos plantearnos si el indulto presidencial, resabio de tradiciones monárquicas, no debiera transformarse en una facultad entregada, por ejemplo, a una comisión de personas independientes y bien versadas.


 Mis esperanzas de que podamos discutir estos temas fundadamente no son muchas, pero tampoco se han desvanecido.



Comments:

¿por que clemencia? El Papa Juan Pablo II no la tuvo con su agresor, este cumplio su pena completa. Lo mejor sería cambiar la ley, copiar la de Alemania, llevo a juicio, juzgo y condeno a Honecker, pero este no fue a la carcel por que la ley dice que los mayores de 75 no van a la carcel. O si cumplen esa edad estando aun cumpliendo la pena, salen de la carcel.

Posted by Herman Aguirre Ayala on August 02, 2010 at 11:10 AM CLT #

Sr. Aguirre: Algunas precisiones -- El Papa perdonó personalmente a Ali Agca pero la justicia penal por delitos en el Vaticano le compete el Estado Italiano. Además, en ese caso no se daban las condiciones que señalo: no sólo arrepentimiento y cumplimiento de parte significativa de la condena; también una edad muy avanzada o una enfermedad grave. El caso Hoenecker, no es como Ud. recuerda: el juicio se suspendió porque él tenía cáncer y no era probable que viviera hasta el fin del proceso.

Posted by Jose Zalaquett on August 02, 2010 at 12:24 PM CLT #

Sr Zalaquett, agradeceré confirmar si en Alemania pasado los 75 años no se va a la carcel aunque se encuentre culpable o si ya se esta esta en prisión, al cumplir esta edad se deja de estar en la carcel. Lo mismo por si hay una enfermedad grave. En resumen, esta estipulado en la legislación.Ese es mi punto, se deberia incluir en la legislación estas normas.mas severas o menos serveras, que quede en manos del legislador

Posted by Herman Aguirre Ayala on August 02, 2010 at 12:31 PM CLT #

Sr. Aguirre: No tengo una información cabal sobre la ley Alemana. Sé que en España pueden optar a libertad condicional los mayores de 70 años, aunque no hayan cumplido el mínimo de condena requerido para ello, así como los que pareceden enfermedad grave. Estoy de acuerdo con Ud. en que esto debiera quedar en manos del legislador.

Posted by Jose Zalaquett on August 02, 2010 at 05:08 PM CLT #

Estimado Sr. Zalaquet,
Quiero felicitarlo por la lucidez con la que usted plantea sus ideas. Yo las comparto plenamente. Es una lastima que no se haya producido un discusión seria al respecto. El tema es tan complejo pues hablar de clemencia es hablar de todo lo que uno tiene adentro. Tantas veces el que juzga se transforma en lo mismo que el condena, y a mi juicio eso pasa en este caso. Por mucho que uno deteste, y es mi caso, las violaciones a los derechos humanos.

Posted by Pedro on August 02, 2010 at 05:40 PM CLT #

Dejémenos de dar vueltas. Un violador de DD.HH. sólo tiene derecho a salir en lo que se llama "artículo de muerte". Con todo respeto, lo demás es divagar en artilugios seudo jurídicos. Los DD.HH. son una cuestión básicamente polìtica, es decir, de tener el poder suficiente para que no se violen o si acaece aquello, que no se perdonene sus violaciones. El discurso ético del articulista es patético

Posted by alejandro on August 02, 2010 at 05:58 PM CLT #

Don José,: 1. Siendo Ud jefe de la Oficina de Asuntos Agrícolas de la Moneda durante la UP ¿Que responsabilidad Ud se asigna en las muertes y sufrimientos de centenas de personas en el agro de esa época?¿Que hizo por evitarlos?
2. Crímenes de Lesa Humanidad, decretados por USA, UK, URSS y Francia el 8/8/1945. No fueron ni son parte aún de la legislación chilena. Siendo actos como Ud lo indica ¿porqué se insiste majaderamente de hacernos creer que tienen alguna validéz para los hechos post 1973?

Posted by EJSXS on August 02, 2010 at 07:03 PM CLT #

Sin embargo, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de 1966, en vigor desde 1976, establece en su artículo 15 que "nada de lo dispuesto en este artículo se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional". En este marco, algunas leyes son retroactivas, sin que deba importar la legislación nacional específica.

Posted by Claudio Lisperguer on August 02, 2010 at 11:16 PM CLT #

Para que vean que el gobierno es una falsa relacionados con los famosos "proyectos", anuncia las cosas en cadena nacional para poner color, da las iniciativas para que grupos de pensadores se revienten el mate analizando los temas, luego los presentan al presidente que ni los lee y ni se demora en rechazarlo o de 20 puntos acepta 1.
Debate indulto, incentivos natales, viviendas, deportes, educacion etc. lo unico que le intereza al presi es ganar minutos en la tele.
Recuerden asi seguira

Posted by Blanca Vivar on August 02, 2010 at 11:17 PM CLT #

El Pacto de Derechos Civiles y Políticos de 1966, en vigor desde 1976, establece en su artículo 15 que "nada de lo dispuesto en este artículo se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional". En el marco de los derechos humanos, algunas leyes son retroactivas, sin que deba importar la legislación nacional específica.

Posted by Claudio Lisperguer on August 02, 2010 at 11:21 PM CLT #

El supuesto basico del analisis de Jose Zalaquet es que los procesos sean justos.
Mismo que no se da, los condenados han sido sometidos a un linchamiento judicial, se les ha aplicado interpretaciones retorcidas de las leyes, se han baypaseado otras que los benefician y se han usado testimonios pre elaborados. Los mas burdos han sido "reconocimientos" post publicacion de fotos.
Las juicios por DDHH han sido una mera expresion de venganza y cuando no... un medio de obtener cuantiosas sumas.

Posted by Felipe Andes on August 03, 2010 at 01:17 AM CLT #

?Que las victimas sufrieron horrores? Sin duda, pero eso no hace legitimo cualquier procedimiento espureo para obtener venganza.
Por ej. ¿Que cuento es ese del secuestro permanente? Con los secuestradores presos desde hace años que y que magicamente mantendrian aun secuestradas a sus victimas...
Ni hablar de la desarmonia entre los beneficios, amnistias e indultos para terroristas y linchamiento para los milicos...
La extension de lesa humanidad a asesinato de terroristas es otra distorcion...

Posted by Felipe Andes on August 03, 2010 at 01:26 AM CLT #

EJSXS, para tu mayor información existen en Chile varios tratados internacionales que se refieren a delitos de lesa humanidad que han sido ratificados e incorporados a nuestra legislación vigente en virtud del artículo 5 de la Constitución Política. Leelo.

Posted by Catalina on August 03, 2010 at 08:57 AM CLT #

Sr. EJSXS: entre 1971 y 1972 fui Director Jurídico de la Corporación de la Reforma Agraria, no el cargo que Ud. cree recordar. Sobre el reconocimioento de responsabilidades políticas mías y de la UP he escrito varias veces (ver Google). Lo que Ud. considera "majadería", esto es, sostener que después de 1973 haya quienes cometieron graves crímenes como parte de un ataque sistemático y a sabiendas de determinados colectivos, es algo que está claramente establecido en nuestros tribunales.

Posted by Jose Zalaquett on August 03, 2010 at 10:30 AM CLT #

Felipe Andrés: la verdad de sentido común es que los desaparecidos están muertos; pero la verdad legal es que lo último que sabe es que fueron detenidos clandestinamente. Respecto de Pinochet, la verdad de sentido comun es que consintió en los crímenes o los ordenó; la legal, es que era inocente hasta probado culpable. No se puede argumentar en un caso en un sentido y en otro, en el contrario. Decir: "no admitiremos nada pero aplíquenos la verdad de sentido común es inaceptable

Posted by Jose Zalaquett on August 03, 2010 at 10:52 AM CLT #

Muchas gracias por sus aclaraciones Don José. Estimo que es mejor que el legislador cambie la ley a que se hagan indultos en forma general.Estimo que es mas legitimo.

Posted by Herman Aguirre Ayala on August 03, 2010 at 12:38 PM CLT #

Excelente columna y muy ilustrativa.
Estos no son artilugios jurídicos patéticos, sino razonamientos jurídicos muy sensatos y fundados.
Me parece que se hace imprescindible que el "hacer ejecutar lo juzgado" en materia criminal, corresponda a los tribunales y no a la administración del estado, para eso es necesaria una reforma penitenciaria con justicia especializada.
En su ausencia, puede ser buena idea la comisión de expertos para los indultos. Habría que discutir su nombramiento.
Saludos

Posted by Marcelo Alvial on August 03, 2010 at 03:54 PM CLT #

El estado está al servicio del ser humano y no al contrario. Es por esto que cuando el estado ha violentado este principio rector a través de atropellos brutales cometidos por sus agentes,no puede restituir la supremacía de dicho principio, excluyendo de la más mínima consideración humanitaria a quienes cometieron esos atropellos.
Claro está que la clemencia para ellos debe ser la mínima y excepcional, para no generar la sensación de impunidad

Posted by Marcelo Alvial on August 03, 2010 at 04:24 PM CLT #

Las cosas son lo que son y no el nombre que se les ponga. Si NN esta preso por secuestrador, es elemental buscar a los secuestrados y no desechar la enorme evidencia sobre el asesinato de ellos. No se hace asi, solo y nada mas, que para lograr castigar a quienes detuvieron y mataron a los terroristas. Hasta un lenguaraz ministro de la Suprema lo reconocio.
Esa aplicacion torcida de la ley, es cualquier cosa menos un juicio justo, entonces se sigue que no se da el supuesto basico de su analisis.

Posted by Felipe Andes on August 03, 2010 at 06:25 PM CLT #

El inciso 1 del art. 15 del Pacto de Derechos Civiles (1966 y 1976) dice: "Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho nacional o internacional", a menos que, reza el inciso 2, "en el momento de cometerse (esos actos) fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional", i.e. si se trata de delitos de ddhh. Las leyes que juzgan delitos en este ámbito son retroactivas.

Posted by Claudio Lisperguer on August 03, 2010 at 08:00 PM CLT #

He leido que usted hiso que estudiantes que se habian tomado escuelas se los desalojaran usando carabineros de chile tiene ud una respuesta valorable de el problema habia dialogo o solamante fuera de aqui hay un problema o es solamente decir haga como yo digo i punto.Usted sabe los estudiantes en chile son la esencia de nuestro futuro como pais como nacion. i son Chilenos.

Posted by Erasmo bernales ochoa on August 04, 2010 at 11:02 AM CLT #

Sr. Bernales: No sé dónde leyó eso. Es completamente falso. Por lo demás, no tengo ninguna posición de autoridad para haber pedido fuerza pública en la Universidad, supuesto que hubiera estado a favor de hacerlo, que tampoco lo he estado en ningún momento.

Posted by Jose Zalaquett on August 04, 2010 at 11:58 AM CLT #

Cuando una persona hace un planteamiento o alguna propuesta, siempre existen otras que están dispuestas a enrostrar la ilegitimidad de la misma, producto de supuestas actuaciones contradictorias del que las propone, lo que presume la superioridad moral del crítico.
Esta actitud poco constructiva de la crítica me parece ciertamente arrogante, inutil y ofensiva.
Estimo que, salvo situaciones extremas, las ideas deben discutirse en su mérito y no intentando enlodar la imagen de su autor.

Posted by Marcelo Alvial on August 04, 2010 at 01:15 PM CLT #

Catalina y Claudio, si el Estado de Chile estimó necesario legislar y describir los Crímenes de Lesa Humanidad es porque no reconoce los actos de otros estados, organismos y juristas que quisieron hacerlos Derecho Internacional en el pasado. El Dº Int. es algo más complejo y amplio que un conjunto de actos de estados y sujetos, ni el celo ideológico ni el oportunismo vindictivo podrán en este caso pasarnos gato por liebre, menos aún la aberración de la retroactividad.

Posted by EJSXS on August 04, 2010 at 08:20 PM CLT #

Estimado Jose mis disculpas estaba equibocado hojala usted me perdone lo confundi con el alcalde de Santiago que es Pablo Zalaquett bueno yo soy de Vallenar i alla conosi una familja muy honorable los Zalaquett especialmente don Emilio Zalaquett que era alcalde vitalisio de Vallenar un hombre de honor i muy buena persona con toda seguridad lo son todos los Zalaquett.Saludos estimado Jose.

Posted by Erasmo bernales ochoa on August 05, 2010 at 10:19 AM CLT #

Según entiendo,los delitos de lesa humanidad recién fueron tipificados en Chile el año 2009. Por tal motivo, a ninguno de los ex militares juzgados con anterioridad a esa fecha se les puede aplicar esa figura jurídica. ¿Podría alguien confirmar?
La verdad es que como simple ciudadano de a pie, me preocupa que la Justicia no se aplique de igual forma a todo el mundo, independiente de los crímenes que se le imputen. Casos interesantes: Odlanier Mena y José Rafael Aguirre Aguirre. ¿Opiniones?

Posted by Cristóbal Andrés on August 05, 2010 at 11:20 AM CLT #

Sr. Bernales:

Muy correcto de su parte reconocer un error. No se preocupe. Gracias a la referencia a Emilio Zalaquett, de recordada memoria, quien, aunque pariente algo distante, era miembroo de la familia extendida.

Posted by Jose Zalaquett on August 05, 2010 at 11:48 AM CLT #

Estimado Jose como anecdota mi padre Erasmo Bernales Gaete tenia sueños de grandesa asi que cuando se hiba a elejir alcalde bueno mi padre acepto la candidatura porque Daniel Farkas le decia todos los dias don Erasmo usted es popular va a ganar i bueno las elecciones i el resultado fue Emilio Zalaquett el 80% de los botos otros tubieron votos pero mi padre solamente cuatro votos ni mi madre voto por el parece la vida es dura.

Posted by 83.233.237.168 on August 05, 2010 at 12:41 PM CLT #

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