Reformas a las leyes que sancionan a los agresores sexuales
Oct. 02 , 2009
Lamentablemente, durante los últimos años hemos sido testigos, a través de los medios de comunicación, de múltiples agresiones sexuales que no sólo involucran a mujeres, sino también a niños y a niñas a muy temprana edad; casos que en diversas oportunidades no han podido llegar a una solución justa por un vacío existente en la normativa penal.
Las agresiones sexuales son uno de los delitos más graves y violentos que puede sufrir una persona, ya que no sólo implica un considerable daño físico de la víctima, sino que también, consecuencias sicológicas muchas veces permanentes. Por tal motivo, no pueden seguirse tratando como una modalidad de delito que merece igual trato que uno contra la propiedad.
Desafortunadamente, la falta de actualización de las normas penales chilenas en lo relativo a los delitos sexuales, ha hecho especialmente difícil su enfoque en casos concretos, por lo que es necesario implementar cambios sustanciales de manera de proteger a la víctima y lograr mejores niveles de justicia.
Para esto hay que tener en cuenta que el agresor sexual no es un tipo de delincuente común y que es de difícil rehabilitación, por lo que debe ser considerado como un peligro para la sociedad.
Estas consideraciones me llevaron a proponer una serie de reformas que se encuentran contenidas en un Proyecto De Ley que he presentado que establece lo siguiente:
1.- Cambio de la redacción del tipo penal de la violación, de manera que tanto hombres como mujeres puedan ser condenados por este delito.
2.- Inclusión de la introducción de partes del cuerpo, como puños o dedos, dentro de la figura del abuso sexual hiperagravado. (actualmente se sanciona como abuso sexual simple)
3.- Eliminación de todos los beneficios penitenciarios para los agresores sexuales de menores de edad, de manera que sus condenas siempre sean efectivas.
4.- Término del límite de edad al delito del estupro, ya que esta conducta tiene que ver más con el abuso de autoridad, dependencia o estado de desamparo de la víctima, que con la edad de esta.
5.- Que en los juicios penales, los menores de edad sean interrogados una sola vez y que esta sea grabada, de forma que no tengan que revivir la traumática experiencia nuevamente.
6.- Sancionar penalmente los ataques conocidos vulgarmente como “agarrones”. Aquí quiero hacer un comentario y este es la enorme importancia que tiene esta sanción para las mujeres, ya que me han enviado cientos de correos respaldando esta iniciativa.
Espero que los integrantes de la Comisión de Constitución del Senado comprendan la necesidad de enfrentar estas situaciones, por lo cual tramiten con rapidez este Proyecto de Ley.





Agregaría que el Ministerio Público valide los informes de psicólogos privados especilistas en abuso sexual, y no sólo los exámenes y test de las corporaciones privadas como Previf o Corporación Opción.
En aquellos casos que hubiera información relevante la fiscalía pública no pudiera dictar orden de no perseverar
Posted by Alfredo on October 02, 2009 at 10:34 AM CLT #
Posted by Carlos Yáñez Heredia on October 02, 2009 at 11:37 AM CLT #
a los niños ya que es un daño irreparable y si el niño agredido tiene medios puede pagar una terapia de lo contrario debe quedarse con todo su dolor reprimido .Además es muy importante que sean válidos los informes del terapeuta particular.
Posted by Carolina Coya on October 02, 2009 at 12:34 PM CLT #
Posted by DRa, Carmela on October 02, 2009 at 01:34 PM CLT #
Posted by anhidri on October 02, 2009 at 02:26 PM CLT #
Se agradece la moción, no obstante, cuando leí el titular de la cuarta referente a 540 días para los "manilargos" pensé que se refería a los delincuentes.
Si bien no tiene nada que ver con este tema, sería bueno que se consideren medidas para todos los "manilargos" en un sentido más amplio (delincuencia)
Saludos.
Posted by Rodrigo on October 02, 2009 at 02:53 PM CLT #
Posted by Axel on October 02, 2009 at 04:06 PM CLT #
Puede parecer inhumano lo que digo, pero con toda la gente que lo he conversado han estado de acuerdo.
Posted by Diego P. on October 02, 2009 at 05:09 PM CLT #
Se ha discutido incluir en el sujeto activo de la violación a la mujer, entonces hay que modificar por completo la estructura del tipo penal de violación.
Posted by Iván on October 02, 2009 at 06:08 PM CLT #
Posted by Iván on October 02, 2009 at 06:13 PM CLT #
Posted by Asistente Social Chiloe on October 02, 2009 at 08:17 PM CLT #
En niguna parte el aumento de la sanción penal a solucionado la existencia de cualquier delito.
Mejor es la rehabilitación, reincerción o control en el pero de los casos.
Posted by marcelo on October 03, 2009 at 01:01 AM CLT #
Posted by Luis on October 03, 2009 at 10:41 AM CLT #