Jaime Naranjo Ortiz

Senador

 

Día del Padre: La tuición compartida, una tarea irrenunciable aún pendiente

Jun. 19 , 2009

8 Comments

Cada año, al celebrarse en “Día del Padre”, miles de padres que se encuentran separados se ven imposibilitados de compartir con sus hijos o hijas.

No obstante los grandes avances que se han producido en materia de filiación, hasta ahora, no ha existido una consideración al principio de igualdad en lo que se refiere al  cuidado personal de los hijos, ya que no se ha tomado en cuenta que los padres pueden, y en los hechos, a veces están capacitados para ejercer dicho cuidado tan bien como la madre.

Por lo cual, creo firmemente que el artículo 225 del Código Civil vulnera los principios esenciales establecidos por la ley 19.585, y además, los derechos establecidos en nuestra Constitución y Tratados Internacionales, en lo referente a la calidad del ser humano y a la igualdad entre hombre y mujer, ya que se discrimina al padre sólo por su género.

El mencionado artículo entrega a la madre, como si se tratase de un derecho evidente, el cuidado personal de los hijos menores cuando los padres se encuentran separados, y sólo por causas muy específicas puede ser privada de éste, lo que a todas luces es arbitrario, y hasta podría pensarse que incurre en un vicio de constitucionalidad.

Para reforzar esta idea, recordemos que el art. 19 N° 2 de nuestra Constitución establece que "los hombres y mujeres son iguales ante la ley" lo que  es una constatación de que no existe una diferencia entre la calidad de persona de un hombre o de una mujer. Esta igualdad que establece nuestra Carta Fundamental es un derecho,  por lo que no puede ser privado el padre, de tener la misma prerrogativa que la madre para obtener el cuidado de sus hijos, por el solo hecho de su sexo.

Las diversas legislaciones extranjeras -  como la alemana -  entregan al juez un rol preponderante al decidir la custodia del menor, considerando el bienestar del niño en relación a  sus vínculos con los padres y hermanos.  La jurisprudencia del Tribunal Supremo Alemán exige que el juez de familia se incline  por " la decisión que mejor contribuye al desarrollo y educación de una persona responsable de si misma y capaz de desenvolverse en sociedad".

Una solución similar a la alemana se adoptó en Francia, donde la ley establece que en caso de separación, la tuición corresponde a ambos padres en común, y a falta de acuerdo o si el acuerdo le parece contrario al interés del niño, el juez decide en su solo interés.

No existe en nuestra sociedad actual y moderna, razones para sustentar esta preferencia entre la madre y el padre en la materia de tuición. Más aún, existen numerosos estudios que reafirman que el padre es vital en todo lo que dice relación con el cuidado personal de los hijos, y su presencia constante puede evitar incluso riesgos de drogadicción y alcoholismo.

La actual normativa que opta por la madre como titular de la tuición, no tiene ningún argumento de peso para concluir que el padre no puede estar en iguales condiciones que la mujer para tener el cuidado personal de los niños; y es por eso mismo que debe ser corregido a la brevedad, permitiendo que los padres que estén más capacitados que la mujer para atender las necesidades de sus hijos, puedan de derecho ejercerla.

Lamentablemente, algunos legisladores  aún no lo comprenden o no dan la debida importancia a esta situación, por lo cual,  el Proyecto de Ley que presenté hace  más de 2 años para establecer la  “Tuición Compartida”  duerme en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia sin que haya sido tramitado.

Espero que al celebrarse un nuevo “Día del Padre”  los Senadores integrantes de esta Comisión tomen conciencia del grave daño que están cometiendo,  no sólo a miles de padres separados, sino también, a sus hijos e hijas, y por tanto discutan de una vez por todas este proyecto de Ley.



Comments:

Claro y excelente el artículo. Este es un tema en el que una creciente mayoría de personas está de acuerdo, tanto a nivel nacional como internacional; sin embargo, en Chile es politicamente incorrecto hablar de ello. Pido valor a los parlamentarios para enfrentar algo de tal importancia que requiere urgencia.

Posted by Sergio Nader on June 20, 2009 at 11:37 PM CLT #

señores, que esperan para aprobar las modificaciones necesarias para que los padres tengamos los mismos derechos que el de las mujeres de ver como dia a dia crecen y se desarrollan, por que un juez que quizas no es padre puede definir cuando puedo ver a mi hijo, a los padres no se nos esta respetando la igualdad ante la justicia.

Pero conociendo la calidad de los politicos seguiremos igual por muchos años mas.

Señores politicos no les interesan sus hijos???

Posted by Fororo on June 20, 2009 at 11:53 PM CLT #

EL PROYECTO DE TUICIÓN COMPARTIDA DEBE SER APROBADO A LA BREVEDAD, MUCHOS DE NOSOTROS HOY PODRÍAMOS ESTAR CON NUESTROS HIJOS GRACIAS A ELLO, ELLOS NOS NECESITAN MÁS CERCA TAMBIEN. Y NO SOLO UN DIA CADA DOS SEMANAS... ESO ES PRIMITIVO Y EXCLUSIVO.

Posted by DANIEL VERGARA on June 21, 2009 at 03:37 AM CLT #

Coincido contigo en la importancia de la presencia del padre en la formación de los hijos. El punto es que históricamente ha sido la madre la que se ha encargado del cuidado de los hijos mientras los padres de encargaban de la mantención de la familia. Este papel se ha ido diluyendo en la medida que la mujer se ha ido incorporando al mercado de trabajo. El hombre ha seguido en su papel virtual de proveedor y es bien inútil en cuestiones prácticas que tienen que ver con el hogar.

Posted by Mimilu on June 21, 2009 at 07:23 AM CLT #

Sigo. Veo que en Chile, las tareas básicas del hogar normalmente las realiza una, eufemísticamente llamada, "nana", que es para todo servicio. El padre sigue ausente en el contacto cotidiano. El cambio debe ser desde la base, más contacto directo con los hijos al mismo tiempo que se prepara un cambio en el concepto en la tuición, que me parece justo.
Feliz día del padre!

Posted by Mimilu on June 21, 2009 at 07:27 AM CLT #

Junto con saludar a nuestro senador del maule, Quiero manifestar mi total adhesion a su comentario,todaves que el Art.19 N°2 Inc.4° CPR.
Expresa que hombres y mujeres son iguales ante la ley,circunstancia que desconoce el art.225cc,sin perjuicio que en su Inc.2°y 3° da a entender que de comun acuerdo el padre podria tener la tuicion de sus hijos,cosa que en la practica no ocurre,con el debido respeto a don Andres Bello, considero que la norma civil es arbitraria.

Posted by Ricardo Lizama, Estudiante de derecho U.autonoma. Santiago. on June 21, 2009 at 10:18 AM CLT #

Al abordar el tema sin resentimientos (ni feministas ni machistas), sin duda, debiera llegarse a la conclusión de que el tema está en pañales, sin embargo es bueno ver señales como las del Sr Naranjo, o las de la Sra Saracostti (La Tercera, Junio 18), en donde empecemos a entender que, tanto la mujer como el hombre de hoy, somos encargados y responsables -incluso ante la ley- de la felicidad de los hijos. Ojalá prospere y rápido una ley en este sentido, y que los jueces juzguen con esa visión.

Posted by Edgardo on June 21, 2009 at 06:16 PM CLT #

Sin duda el tema está en pañales, sin embargo es bueno ver señales como las del Sr Naranjo, o las de la Sra Saracostti (La Tercera, Junio 18), en donde empecemos a ver que, tanto la mujer como el hombre de hoy, somos encargados y responsables -incluso ante la ley- de la felicidad de los hijos. Ojalá prospere y rápido una ley en este sentido, y que los jueces juzguen con esa visión. Es tarea obligatoria con la mirada en el siglo 21.

Posted by Edgardo on June 21, 2009 at 11:14 PM CLT #

Post a Comment:
  • Quedan 500 caracteres

  • HTML Syntax: NOT allowed

Enlaces

Feeds