¿Una nueva constitución?

Posted on September 09, 2009 by Daniel Mansuy Huerta

Hace pocos días, Eduardo Frei, presentó algunos lineamientos de su programa presidencial. Una de los aspectos más importantes de su propuesta fue la de una nueva Constitución para el bicentenario pues, según dijo, la actual Carta Fundamental “no da el ancho”. Entre las razones que dio para justificar una afirmación tan tajante, el candidato de la Concertación afirmó que el actual ordenamiento constitucional le impide al Estado asumir un rol de la importancia que, según Frei, éste debe tener en un futuro próximo. También dijo que Chile necesita una verdadera descentralización, que no puede ser llevada a cabo en el ordenamiento actual. Luego apuntó que nuestro país necesita un nuevo sistema electoral, pues el binominal estaría agotado. En consecuencia, se comprometió a convocar, en los primeros días de su eventual gobierno, a una “Alta comisión de reforma constitucional” para que presente un proyecto de nueva Carta Fundamental.

Desde luego, aquí faltan varias cosas. La primera es: ¿qué tipo de Constitución propone el candidato Frei para reemplazar la actual? Es muy fácil decir que la actual no da el ancho, pero quizás también cabría preguntarse si la nueva será mejor o peor. Frei puede escudarse en que no será él quién decida sino una comisión, pero los ciudadanos queremos conocer su posición al respecto, porque —hasta nuevo aviso— en Chile se vota por personas y no por comisiones con integrantes y atribuciones desconocidas. ¿Quiere Frei un régimen parlamentario o semi presidencial, como han sugerido a veces algunos de sus asesores? ¿De qué tipo, con qué características? ¿Es consciente que un régimen parlamentario requiere de un sistema electoral mayoritario para ser viable? ¿O bien le acomoda el régimen presidencial? ¿Y entonces cuál sería la modificación profunda que explique la necesidad de una nueva Constitución? ¿O  simplemente quiere que la Constitución le asegure al Estado un rol preponderante, para volver al Chile de mediados del siglo pasado?

En temas constitucionales no se puede improvisar, y todas estas preguntas merecen respuestas. La historia de nuestro continente es pródiga, y demasiado pródiga, en ejemplos de malos diseños institucionales que terminan en crisis políticas graves. La estabilidad política es muy difícil de lograr, y por lo mismo la experiencia llama a la prudencia en la materia. Por algo Aristóteles anotaba que todo cambio jurídico debe estar muy bien fundado, pues el exceso de cambios afecta la calidad de las instituciones. No se trata de considerar a la actual Constitución como algo sagrado e inmóvil, porque tiene defectos que están a la vista, sino simplemente de exigir una reflexión serena antes de lanzarse a cambiar algo que ha tenido el mérito innegable de haber funcionado de forma relativamente satisfactoria. No es una casualidad si la coalición oficialista lleva 20 años ejerciendo el poder con la actual Constitución, y a decir verdad los presidentes concertacionistas no se han sentido particularmente incómodos.

Pero, a falta de propuestas serias, atendamos a las razones avanzadas por Frei. Su afirmación relativa al rol del Estado es un poco débil, pues la Constitución no le impide al Estado cumplir un rol de importancia, sino que lo enmarca en una lógica subsidiaria donde los cuerpos intermedios también tienen un rol importante. Y, a decir verdad, si el Estado chileno hace mal o no hace las cosas que debe,la culpa no es de la Constitución. No es este el momento de enumerar la  larga lista de errores, negligencias e “irregularidades” que inundan nuestro aparato estatal, pero el primer paso para mejorar la gestión pública en nuestro país es la voluntad política firme de realizarlo. Eduardo Frei gobernó Chile durante seis años, y no vamos a decir que realizó demasiados esfuerzos por modernizar la gestión estatal, y de hecho muchos de los vicios actuales se incubaron durante su gobierno. Echarle la culpa de las graves insuficiencias que afectan al estado chileno a la Constitución es, literalmente, echarle la culpa al empedrado. Algo parecido ocurre con el tema de la descentralización: si bien es cierto que la Carta Fundamental podría facilitarla de un modo más directo —para lo que, en todo caso, bastaría con una reforma—, también es cierto que se trata sobre todo de una cuestión de voluntad política. Si el gobierno no descentraliza más es, en buena medida, porque no quiere hacerlo. Si las regiones están mal administradas es, en buena medida, porque los cargos públicos en las regiones no se reparten precisamente por méritos. Creer que una modificación constitucional implica necesariamente una modificación en la realidad es iluso además de equivocado.

El otro argumento esgrimido, hasta el cansancio, por el oficialismo es el sistema binominal. Pero aquí el candidato peca de una mala memoria imperdonable:  tras la reforma del 2005 firmada por Ricardo Lagos el sistema electoral salió de la Constitución. Eso quiere decir que para cambiarlo no es necesario tocar la Constitución: se trata de dos cosas distintas. Y como sea, todos sabemos que, más allá de las palabras para la galería, la Concertación no ha tenido nunca la más remota intención de cambiar el binominal, por la sencilla razón que no le conviene. El diputado ex-PPD Álvaro Escobar ha dado su testimonio sobre la discusión que se dio por este tema en el 2006.

En suma, lo que propone Frei es tan vago y mal fundamentado, que no da para una discusión muy seria. Quizás si detallara en algo más su propuesta, la campaña presidencial ganaría en calidad y discusión de fondo. Pero, lamentablemente, estamos lejos de eso.



Comments:

¨¿Es consciente que un régimen parlamentario requiere de un sistema electoral mayoritario para ser viable? ¨

Parece que alguien va a tener que estudiar ciencia politica de nuevo:

Es muy importante tener en cuenta que el sistema alemán es un sistema proporcional (véase “sistemas electorales”)

http://www.iidh.ed.cr/comunidades/redelectoral/docs/red_diccionario/sistema%20electoral%20aleman.htm

Ademas Espana Italia e Israel tienen sistemas proporcionales.

Posted by Ignacio Burges on September 09, 2009 at 06:20 PM CLT #

Obviamente los paises anteriormente nombrados tienen regimenes parlamentarios,y no tienen un sitema mayoritario electoral, que seria el caso del uninominal, que es el britanico, el binominal no existe en ningun pais democratico decente del mundo, solo en Chile.

Posted by 200.6.18.2 on September 09, 2009 at 06:23 PM CLT #

La cantinela de la izquierda chilena: los problemas de Chile no provienen de su corrupcion y mala gestion sino que del sistema binominal. Esta gentuza pasa un par de anos en la Universidad y cree que todo se arregla con un nuevo laboratorio constitucional. Mirar hacia atras a un pasado de pais fracasado con alta mortalidad infantil, analfabetismo y cero crecimiento no significa nada para esta gente. Dios nos libre de estos genios de la clasemedia!!.

Posted by javierdesdeusa on September 09, 2009 at 07:41 PM CLT #

I. Burges, si el autor debe volver a estudiar Cs politicas ud debe volver a comprensión de lecturayaque el sistema parlamentario no se propone en esta columnasinósolo se nombra como un ejemplo de las cosas no resueltas en este apuro por cambiar una constitución sin objetivos claros.
Yo creo queel "en ningun otro lugar del mundo" no es un argumento, los argumentos deben ir sobre los efectos de su aplicación como por ejemplo la pre-eleccion que los partidos hacen de algunos cupos.
Buena columna.

Posted by Ignacio G. on September 09, 2009 at 08:21 PM CLT #

Don Ignacio G, parece que al que le falta comprension es ud, ademas de ignorante, el sistema electoral binominal fue "inventado" en la Polonia de Jaruzelsky para escamotearle el triunfo de la oposicion de solidaridad, aqui fue copiado por los igualmente "democratas asesores de la dictadura.

Posted by Ignacio Burges on September 09, 2009 at 11:50 PM CLT #

" tras la reforma del 2005 firmada por Ricardo Lagos el sistema electoral salió de la Constitución."

Lo que es la ignorancia:

Constitución Política de la República de Chile

Previa a la reforma de 2005.

Art. 18. Habrá un sistema electoral público. Una ley orgánica constitucional determinará su organización y funcionamiento, regulará la forma en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios, en todo lo no previsto por esta Constitución y, garantizará siempre la plena igualdad entre los independientes y los miembros de partidos políticos tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los señalados procesos.

Posted by Ignacio Burges on September 10, 2009 at 12:05 AM CLT #

Como pueden ver el sistema electoral JAMAS ha estado en la Constitucion,si en la ley organica constitucional de votaciones populares y escrutinios me parece grave un "master" en ciencia politica tan debil en temas juridico politicos que cualquier estudiante de incluso segundo de derecho domina.
En todo caso esto es un error basante repetido en la prensa incluso el ex presidente Ricardo Lagos lo dice, parece que esta con alzheimer, o esta rayado.

Posted by Ignacio Burges on September 10, 2009 at 12:24 AM CLT #

Ignacio, te faltó mencionar el caso italiano, donde el sistema proporcional ha causado estragos. Además, la cultura política alemana es tan distinta de la nuestra, que la comparación me parece difícil: ¿imaginas aquí una coalición gobernante como la alemana? Esto sin considerar la desproporcionada influencia que tienen grupos sin mucho peso electoral. Por otro lado, el uninominal es menos proporcional que el binominal.

Posted by Daniel Mansuy Huerta on September 10, 2009 at 09:26 AM CLT #

Además, el binominal estaba en el texto antiguo de la Cº (art. 49). Agradezco tus comentarios, aunque no entiendo tu tono agresivo.

Posted by Daniel Mansuy Huerta on September 10, 2009 at 09:32 AM CLT #

insisto que al margen de la discusión sobre cual es el mejor o mas conveniente de los sistemas la pregunta es incompleta sin el objetivo que persigue esta nueva asamblea constituyente, en otras palabras el Para que?.
Seguramente desde el pto de vista de I. Burges soy ignorante puesto que evidentemente ha estudiado sistemas mucho mas que yo, sin embargo el error está en plantear la solución previo a los objetivos.
Por que se habla del binominal como justificación si está en otro cuerpo legal?

Posted by Ignacio G. on September 10, 2009 at 10:04 AM CLT #

Estimado Daniel:

Tu pregunta fue esta: ¿Es consciente que un régimen parlamentario requiere de un sistema electoral mayoritario para ser viable? La respuesta quedó clara. La pregunta está fuera de lugar. Si fuera así, sólo habría parlamentarismo en UK. El caso italiano no se debe a sus sistema político, sino al colapso de la DC italiana que hizo añicos a los partidos e hizo posible a Berlusconi.
Una coalición entre la DC y la socialdemocracia se ha dado en los últimos años en Chile

Posted by rodrigo on September 10, 2009 at 10:20 AM CLT #

Este artículo apunta a un aspecto escencial de la propuesta de Frei para hacer una nueva Constitución: su pertinencia.
Si obviamos el sistema Binominal; ¿Que sentido tiene cambiar la Constitución?
Es obvio que el sistema Binominal puede ser modificado sin cambiar la Constitución.
¿Que otra cosa habría que cambiar? ¿Cual que despierte un altísmo concenso y que no sea producto de una inclinación del momento?
Por que si no, perdemos el tiempo...

Posted by Gonzalo barros on September 10, 2009 at 10:39 AM CLT #

Tanta discusión por el binominal. Veamos si con la entrada de nuevos partidos al sistema esta elección sacan cupos, ahí veremos si es "el sistema" el que excluye a la izq extraparlamentaria.
Por lo demás el binominal ES proporcional, pero con D'Hont, el tema es el tamaño de distritos y las listas presentadas por los partidos. Sumemos 10 cupos por porcentaje mínimo o bajar a 1 cámara y tendremos un buen sistema proporcional, cambia en algo lo demás? lo dudo.
Todo sistema tiene de bueno y malo.

Posted by Vicente Martins on September 10, 2009 at 10:48 AM CLT #

Yo creo que hay 2 opciones reales o tenemos un sistema mayoritario puro tipo EEUU o un sistema proporcional de los tantos que existen. Pero este hibrido que le bonifica a la minoria y amarra todo a leyes con supermayorias que solo existen en Chile, no da para mas.

Posted by Tomás de Rementeria on September 10, 2009 at 11:01 AM CLT #

No posteé antes porque lo tiraba a spam.. Volviendo a una alianza DC-Socildemocracia. Me dirás que la DC chilena está a la izquierda de la DC alemana. Te lo planteó al revés. La derecha chilena no encaja en una derecha de país europeo. Quizá con los Tories en UK. Incluso lo más parecido, que sería el PP español, prefiere vincularse institucionalmente -salvo Azanar- con la DC y no con la derecha chilena. Aznar antes de llegar al poder tuvo que renegar del franquismo. Eso aún no pasa en Chile

Posted by rodrigo on September 10, 2009 at 12:16 PM CLT #

Tipico de los politicos de la ruinosa izquierda latinoamericana, echandole siempre mano a la constitución como si fuera una norma que se puede cambiar una y otra vez.
Frei pretenderá gastar los 4 años de gobierno pensando en una nueva constitución?.

Posted by Gabriel on September 10, 2009 at 01:18 PM CLT #

Ricardo Lagos dijo el 17 de septiembre de 2005 al firmar la Nueva constitución: "Chile cuenta desde hoy con una Constitución que ya no nos divide, sino que es un piso institucional compartido, desde el cual podemos continuar avanzando por el camino del perfeccionamiento de nuestra democracia. Nuestra Constitución no es más un dique en la vida nacional, la vida nacional puede fluir ahora como un río por este cauce institucional.? Seguramente a Frei no le satisface la constitución de Lagos

Posted by Ruben V. on September 10, 2009 at 01:25 PM CLT #

Es para la risa, éstos individuos de la concertación o de izquierda culpan a la Constitución ante las embarradas que hacen, ante la incapacidad que tienen para gobernar y administrar el Poder, hacen cualquier artimaña para librarse de culpa. Por algo vemos a la Sra. Bachelet con ese supuesto 70% de apoyo, ésta Sra. se esconde de la televisión, ni se aparece cuando explotan los problemas de su gestión. Hay que cambiar el Binominal, pero no por el que había antes de éste, ya sabemos su resultado.

Posted by domingo L. R. on September 10, 2009 at 03:15 PM CLT #

De todas las reformas, la del binominal es la más urgente desde un punto de vista moral, porque lo que hace este sistema es escamotear la voluntad popular al no regirse por el principio democrático de que los candidatos elegidos son los que obtienen la mayoría de los votos. En este sistema, los votos son derechamente irrelevantes. Pero es verdad que no se ve cómo se puede derogar si para ello son necesarios o tres quintos o dos tercios de los parlamentarios. Es prácticamente imposible.

Posted by Claudio Lisperguer on September 10, 2009 at 08:48 PM CLT #

"Además, el binominal estaba en el texto antiguo de la Cº (art 49


Invito revisar el art 49, y que alguien me diga donde esta el binominal, en este link con la constitucion pre reforma:

http://www.redchilena.com/constitucion/capituloV.asp

Posted by Ignacio Burges on September 11, 2009 at 12:16 AM CLT #

Ignacio, perdón, no es el 49 sino el 45, donde se señala que hay dos senadores por circunscripción (el texto de 1980 decía dos senadores por región). Eso se sacó de la constitución pues constituía una suerte de amarre del binominal.

Posted by Daniel Mansuy Huerta on September 11, 2009 at 03:15 AM CLT #

Aclaro de paso que no soy especialmente partidario del binominal, me parece un tema muy discutible. El binominal tiene defectos importantes, que no van por el lado de la moralidad (los sistemas electorales son sólo medios), pero no existe el sistema perfecto. Gracias de nuevo.

Posted by Daniel Mansuy Huerta on September 11, 2009 at 03:16 AM CLT #

El asuinto es la falta de huevos de los chilenos, pues esa Consti llena de pus que les dejó el dictador debieran haerla tirado por un caño en marzo del 91. Al toque.

Y llamar a una Asamblea Constituyente para definir y convenir una NUEVA CONSTITUCION realmente democratica.-

El resto es paja molida. ¿De cuál tipo de Constitución?... ¡De aquella que el Soberano (pueblo) decida! Esa.

Posted by AXL SONTAG on September 11, 2009 at 04:17 PM CLT #

Como los pillaron en la corruptela que tienen y su incapacidad para gobernar y administrar, éstos individuos de la concertación pretenden librarse de culpa cargandole todo a la Constitución. La "gestión" de la Sra Bachelet y de la concertación es una asquerosidad, desastre tras desastre, ineptitud tras ineptitud, y no hayan como mantener oculta la corrupción.

Posted by domingo on September 11, 2009 at 04:36 PM CLT #

Que tenga dos por circunscripcion, no significa nada, EEUU tambien elige dos senadores por estado, y ahi no existe el binominal, sino el uninominal, el que saca mas del 50% se lleva los dos, como ha quedado demostrado es incorrecto decir que ante de la reforma del 2005 el binominal estaba en la Constitucion, siempre ha estado en la ley organica constitucional.

Posted by Ignacio Burges on September 11, 2009 at 07:29 PM CLT #

Si vamos por una nueva Constitucion,hay que imponer un punto que es de vital importanciapara del desarrollo futuro del pais: Limitar el periodo de legislacion de los diputados y senadores por 4 a 6 años y sin reeleccion.

Posted by Max Freese on September 12, 2009 at 10:14 PM CLT #

El sistema binominal no ha hecho más que generar una FALSA SIMETRIA en el parlamento. HÁBILMENTE DISEÑADO para que la DERECHA TUVIESE UN PODER DE VETO SOBRE CUALQUIER REFORMA.

Premisa que a estas alturas resulta simplemente INTOLERABLE.

Quienes aman los totalitarismos y la Restricción de las Libertades Individuales siempre encontrarán una Constitución escrita en Dictadura, mejor que cualquiera que se pueda escribir en Democracia.

Posted by Claudio on September 13, 2009 at 01:14 AM CLT #

Ignacio, el senado en EEUU es propio de su sistema federal: no hay ninguna proporcionalidad en la elección de senadores. Esa mención de la constitución impedía la adopción de un sistema proporcional. En todo caso, en cierto sentido, tienes razón: el binominal, en su detalle, nunca ha estado en la Cº. Pero sí habían menciones que lo "amarraban", que fueron saliendo del texto. Gracias de nuevo.

Posted by Daniel Mansuy Huerta on September 14, 2009 at 04:40 AM CLT #

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