Christian Vidal Beros

Comentemos-Law

 

"No me venga" con la fuerza mayor

Apr. 01 , 2010

78 Comments

Luego del terremoto -y sus constantes y cansadoras réplicas posteriores-, la vida del país ha tratado poco a poco de encausarse normalmente, en algunas ciudades de mejor forma, y en las más afectadas claramente de manera más paulatina.

Lo anterior, implica que los colegios, los hospitales, las empresas y la vida diaria de millones de chilenos debe volver a la normalidad en la medida de lo posible.

Sin embargo, se entiende que determinados sectores productivos hayan sido especialmente afectados por las devastadoras consecuencias del terremoto, lo que en muchos casos hace imposible el normal funcionamiento de las faenas y de la actividad productiva en general. Es comprensible que en localidades costeras de la región del Maule y del Bío Bío (eso de llamar a las regiones por los números es una de las manías más fáciles y poco culturales de las que tiene este país), existan empresas que real y efectivamente se encuentren en el suelo y ciertamente no puedan continuar con sus funciones.

En esos casos, es perfectamente posible -y comprensible-, que el empleador invoque la causal contenida en el número 6 del artículo 159 del Código del Trabajo, esto es el caso fortuito o fuerza mayor como término del contrato de trabajo, sin derecho a indemnización alguna. No obstante que es la propia ley la que se pone en casos como el vivido por una zona específica de nuestro país el 27/F pasado, dicha causal no puede ser invocada a "rajatabla" por cualquier empresa de la zona afectada, desvinculando al personal, y más encima sin derecho a indemnización alguna.

Como decía el popular Chavo del 8, "que no panda el cúnico". Efectivamente, no puedo "avivarme" y aprovecharme de la causal contenida en la ley, para eliminar costos directos de la empresa, amparándome en una causal que ha debido ser reinterpretada por el organismo fiscalizador -en este caso la Dirección del Trabajo-, con el objeto de establecer límites y principios que determinen cuando se justifica tan drástica -y entendible-, situación.
El Ordinario Nº 1412021, de 19 de marzo pasado, es claro al señalar en lo relativo al tema en cuestión, que "debe invocarse en casos excepcionales, de manera restrictiva y, deben reunirse copulativamente los siguientes requisitos":

1.- Que los daños ocurridos en las instalaciones de la empresa, se deban causalmente a la ocurrencia del terremoto. Es decir, no por un incendio, un choque o un evento que gracias al terremoto, posibilitó la inoperatividad del lugar de trabajo. De acuerdo a este requisito, obviamente que las empresas ubicadas en zonas no afectadas por la catástrofe, se encuentran impedidas de aplicar esta causal.

2.- Que el empleador que invoque esta causal, no puede haber contribuido al acaecimiento del mismo y/o a sus efectos lesivos. Claramente la ley exige una conducta pasiva del empleador, es decir, que no se aproveche de ciertas fallas en la empresa, para que -a partir de pequeños daños-, cause algunos inclusive peores, y así dar una señal de mayor siniestrabilidad que justifique un despido masivo de trabajadores. Dicha maniobra, quedaría fuera de lo previsto por la ley.

3.- Que el terremoto no se haya podido prever dentro de cálculos ordinarios o corrientes. Claramente esta causal copulativa resulta evidente, en el sentido que ni Yolanda Sultana pudo pronosticar la tremenda tragedia vivida por nuestro país. Ciertamente ningún empleador pudo sospechar la ocurrencia del sismo. Y finalmente,

4.- Que el terremoto y sus efectos directos sean irresistibles, esto es que suponga la nula posibilidad de mantener el puesto de trabajo de los trabajadores y, por ende, de cumplir con las obligaciones contractuales de la parte empleadora. Este punto es de suma importancia, por cuanto además de ser copulativo con los tres requisitos señalados precedentemente, es el requisito que más problemas puede representar en el sentido de interpretar la "nula posibilidad de mantener el puesto de trabajo".

Sobre el cuarto requisito, señala la Dirección del Trabajo en el mencionado dictamen, que "de este modo, si existe la posibilidad de cumplir con la obligación, aunque sea con dificultades, no procede que opere como modo de extinguir las obligaciones, el caso fortuito o fuerza mayor, pues no aparecerá como completamente irresistible el terremoto y sus efectos directos. Sería el caso en que un empleador que hubiere sufrido la destrucción completa de sus instalaciones en una ciudad determinada, pero que tuviere otra u otras instalaciones a las cuales pudiere trasladar a quienes laboraban allí." (1).

Al respecto, se pueden considerar como alternativas al despido por fuerza mayor, la posibilidad de capacitar a los trabajadores, haciendo uso de los beneficios contemplados en el Estatuto de Capacitación y Empleo como en la Ley transitoria 20.351, sobre retención de trabajadores. Indudablemente es una solución acorde con los dramas personales que cada trabajador puede estar viviendo en lo relativo a su vivienda y familia, y que permite a su vez que las empresas puedan reconstruirse sin poner en riesgo la salud y seguridad de su personal.

Lo estricto de la aplicación de la norma, obedece a que ha sido la propia jurisprudencia de Tribunales, la que ha señalado que efectivamente, la fuerza mayor o caso fortuito debe de haber empobrecido al empleador, lo cual -al exonerar del pago de indemnización a los trabajadores-, debe demostrarse con "(…) estados financieros o flujos de gastos no recuperados y, en fin, en un descalabro económico que de modo permanente le haya impedido proseguir con su actividad habitual y ejercicio de su comercio." (2)

Raya para la suma y utilidad pública: Trate señor empleador, de reubicar temporalmente a sus trabajadores, o generar programas de capacitación masiva inter tanto. Si usted es un PYME, justifique de manera ordenada y acreditada, la imposibilidad de seguir con el giro y producción normal de la empresa o negocio, producto de los efectos del terremoto.

Acredite, capacite y pruebe todo aquello en que funda su pretensión,
(1) Dictamen 1412021 de 19 de marzo de 2010 de la Dirección del Trabajo.



Comments:

Se nota que no tienes idea de lo que es una Pyme, pues desde tu cómodo escritorio universitario es fácil habvlar, mientars se recupera capacite... Claro cómo no tienes que pagar cuentas, sueldos, créditos, mercaderías, matener stock, esperar pagos a 90 días, etc....

Posted by ray on April 01, 2010 at 08:20 AM CLT #

Bueno, pero si tienes esos problemas y se dan los requisitos del dictamen, qué tanto problema te haces!? Desvinculas y no pagas nada, si para eso está la ley, para interpretarla.

Posted by Felipe on April 01, 2010 at 08:31 AM CLT #

Lo siento por la situacion de las PYMES, que es muy delicada, pero me parece bien llamar la atencion sobre este aspecto, porque el terremoto esta siendo invocado como justificacion para cualquier cosa. Son los saqueos a largo plazo. Varias empresas ya comienzan a lanzar la idea de recorte de personal por esta causa. Gracias por la orientacion.

Posted by David on April 01, 2010 at 08:40 AM CLT #

Ray que amargado, que pena que te vaya mal con tu Pyme, pero si realmente te viste afectado por el terremoto aplica el dictamen y listo, lo que dice el autor es que no puedes invocar el terremoto para despedir gente a diestra y siniestra...lea bien.

Posted by Pepa on April 01, 2010 at 08:58 AM CLT #

Lean este articulo señores de la clinica providencia que despidieron a todos sus trabajadores invocando esta causal....

Posted by NESTOR on April 01, 2010 at 09:12 AM CLT #

Pepa: que yo sepa los dictámenes no pueden interpretar la ley de un modo obligatorio para los particulares. Eso sólo lo puede hacer el legislador o los tribunales. Fácil es hablar cuando se vive cómodo y sin soportar un maremoto (o marepoto) y un vil saqueo. Aprenda derecho y después leo.

Posted by ray on April 01, 2010 at 09:15 AM CLT #

Lean esto señores de la CLINICA PROVIDENCIA que despidieron a todos sus trabajadores sin ni uno, invocando fuerza mayor,esa es la realidad...

Posted by NESTOR on April 01, 2010 at 09:15 AM CLT #

Si bien es cierto que la posibilidad de un sismo de esas magnitudes no era posible de ser previsto ni por doña yolanda, no se cumpliria con el requisito a mi parecer si concordamos en dos requisitos.
1.- El hecho de que Chile es un pais sismico y que cada cierto tiempo este tipo de eventos van a ocurrir inxeroblemente.
2.- Si el empleador tuvo algun grado de injerencia en la construccion del inmueble y conocia el mal estado de este, por negligencia o abaratamiento de costos resultaria responsabl

Posted by daniel on April 01, 2010 at 10:05 AM CLT #

Pepa: aprenda derecho antes de hablar. Los dictámenes no son ley. Y conozca el desastre y saqueo de talcahuano. Después me da lecciones ¿Ok?

Posted by ray on April 01, 2010 at 10:40 AM CLT #

Es muy fácil exigirles a los empresariso esto y lo otro, en especial a los de las Pymes. Que los trabajadores aquí que los trabajadores allá y así parecen niñitos buenos frente al computador, lo difícil es ser empresario, ahí los quiero ver papaá!.

Posted by Juan Gabriel on April 01, 2010 at 10:43 AM CLT #

"ray" tomate la pastilla del dia. que desagradable!

Posted by maca on April 01, 2010 at 10:44 AM CLT #

El autor en parte tiene razón cuando se trata de abusos,tal como cita NESTOR y la Clínica Providencia.Pero creo que en esto hay que ser cauto con las opiniones.El agente económico más afectado en esta catástrofe son las PYMES,por lo tanto no se les puede exigir lo imposible.Reubicar trabajadores,capacitarlos, etc cuando mi negocio lo aplasto el terremoto ó se lo llevó el mar?.Imposible.El autor debe ser más aterrizado en sus comentarios y proposiciones.

Posted by Antonio Quirós I. on April 01, 2010 at 10:50 AM CLT #

En las escuelas de Dereho siempre se ha puesto como ejemplo del caso fortuito al terremoto, no sólo en materia laboral, sino que para todas las ramas. Entiendo que hay matices, y éstos hay que apreciarlos caso a caso. Con todo, estimo que llegó el momento de mejorar nuestra legislación laboral, estableciendo la posibilidad del empleador de suspender la relación laboral (no cortarla) hasta por tres meses, y que las remuneraciones, o parte de ella, las pague el seguro de cesantía.

Posted by Juan Manuel on April 01, 2010 at 10:59 AM CLT #

Para nuestra ley la fuerza mayor es "el imprevisto imposible de resistir".O sea,puede ser CUALQUIER COSA de esas características,en cualquier lugar,y ningún dictamen puede restringir su aplicación ni limitarlo a ciertas zonas.Es decir,el punto 1 del dictamen es improcedente.Los puntos 2 y 3 son ridículos,porque es obvio que la fuerza mayor excluye la voluntad del empleador,y es obvio que una catátrofe natural no puede predecirse.Para el 4 basta que el empleador acredite que la empresa colapsó.

Posted by Patricio Manuel on April 01, 2010 at 11:34 AM CLT #

con este gobierno es tirar y abrazarse, rio revuelto.

Posted by juan on April 01, 2010 at 11:44 AM CLT #


Lo mejor seria contratar y despedir libremente - O que todos los trabajadores boletearan igual que los miles de independientes que existen hoy; igualdad ante la ley.

Contraintituivamente, casi no habria cesantia y a la larga la seguridad laboral seria mucho mayor que la que ofrece la proteccion laboral via decreto.

Mejorarian los sueldos y bajarian los precios, ademas. Todos ganan, menos los sindicatos.


Posted by Roberto on April 01, 2010 at 12:14 PM CLT #

Como hay de todo en la sociedad, los sujetos que abusen o cometan una inmoralidad o ilícito contra la persona que es empleado de su empresa deben ser denunciados y castigados severamente, las sanciones deberían cambiar en ese sentido, en más severidad contra sujetos abusadores o explotadores. Las personas de bien, para los buenos empresarios el tener trabajadores eficaces y eficientes no les es fácil, requiere mucho esfuerzo, por lo que el despedir a buenos trabajadores es lo que menos quieren.

Posted by Leandro on April 01, 2010 at 01:01 PM CLT #

Un dictamen para la galería.Legalmente fuerza mayor es "el imprevisto imposible de resistir".Cualquier cosa que coincida con eso,en cualquier lugar,es fuerza mayor,y ningún dictamen puede limitarlo a un caso o a alguna zona en especial.Ergo,el punto 1 es ilegal.Los puntos 2 y 3 son absurdos,porque es obvio que la voluntad del empleador no puede generar fuerza mayor,y que hasta ahora que un terremoto es imprevisible.En el 4,basta con probar que la empresa colapsó para que se dé la causal.

Posted by Patricio Manuel on April 01, 2010 at 01:09 PM CLT #

Agrego que nadie puede obligar a un pequeño empresario a realizar esfuerzos sobrehumanos para continuar dando trabajo cuando claramente se ha configurado una situación de fuerza mayor que impìde que su empresa siga funcionando,o al menos siga con normalidad.Ese pequeño empresario también tiene familia que alimentar y deudas que pagar,y se estaría vulnerando incluso la Constitución si se lo hace soportar a él una carga mayor a la del resto de la sociedad,o a la de sus propios trabajadores.

Posted by Patricio Manuel on April 01, 2010 at 01:18 PM CLT #

Ray: el daño estructural de una empresa refiere al inmueble físico y no a los efectos del funcionamiento de los mercados. Y mi tocayo que plantea que todos los trabajadores boleteen (y así no pagar prestaciones sociales): sólo te faltó decir que disminuir los costos de las PYMES no hay que pagar sueldos a los empleados....

Posted by Roberto T. on April 01, 2010 at 01:53 PM CLT #

De la misma manera que las empresas nos kgan como quieren, nosotros como usuarios deberiamos crear un dicom empresarial para saber que empleadores son responsables con su gente o para no contratar sus productos o servicios. Es hora de que los chilenos nos unamos contra el abuso empresarial!

Posted by Ruperto Rodriguez on April 01, 2010 at 01:55 PM CLT #

Parece que nadie entiende el sentido del dictamen... Si el PYME cumple con los 4 requisitos (lo que es lo más probable), no se verá obligado a indemnizar. El sentido del dictamen fue por los grandes empresarios que se aprovecharon de la situación.

Posted by Cecilia Carolina on April 01, 2010 at 02:08 PM CLT #

ROBERTO T: En Chile hay miles de profesionales que boletean y se preocupan personalmente de sus propias imposiciones, así que la ventaja de boletear no va por el lado de las imposiciones.

Tampoco va por el lado de no pagar sueldo, sino que de pagar MEJORES sueldos. Si el 100% de la fuerza laboral fuera independiente (lo que es imposible, es sólo un ejercicio mental) los sueldos TIENEN que mejorar para captar a los mejores trabajadores. El empleo se abarata y el desempleo disminuye. OK?


Posted by Roberto on April 01, 2010 at 02:34 PM CLT #

como pyme tocada ,de una u otra manera,primero por la crisis y ahora por esta tragedia y necesitas una mano para pasar este semestre,acercate a tu banco,al mismo que como "pagador de impuestos" ayudastes un par de veces a que no desaparecieran,,,la "tapa" se escuchara a lo largo de Chile.Que voracidad con el dinero..todo pa'ellos..y "el chorreo" cuando?

Posted by Ricardo E Muñoz G. on April 01, 2010 at 02:35 PM CLT #

Pero qué afectado que eres Ray!!! si sabe "tanto derecho" presumo que es una persona "educada" y como tal, una persona que entiende razones, lee diversas opiniones, las procesa en su cabecita y las discute como persona "educada" que es y no se pone a atacar al mundo ..solo porque no está de acuerdo...cálmese.

Posted by Pepa on April 01, 2010 at 02:55 PM CLT #

Reitero que este dictamen, aparte de contener serios errores juríridos, es para la galería, para dar la impresión de que la autoridad administrativa está haciendo algo para evitar los despidos. Pero la verdad es que los únicos facultados para determinar si un despido fue o no justificado, y si la causal de fuerza mayor logró probarse o no, son los tribunales. Lo demás, además de paja molida, es una irresponsabilidad que crea falsas expectativas.

Posted by Patricio Manuel on April 01, 2010 at 03:07 PM CLT #

Pepa, Ray no fue a la clase de derecho laboral, donde enseñan que la relación laboral NO es una relación jurídica entre iguales, por lo que el legislador, el juez y la administración del Estado, deben naturalmente tender a proteger a la parte más debil.
Si Ray puede justificar el desastre en sus campos, empresas y demases, no tiene para qué chillar tanto -como la loca de la Jacqueline-, si total cumpliendo con los requisitos, podrá "safarse" de sus trabajadores sin "gastar ni uno".

Posted by Cecilia Carolina on April 01, 2010 at 03:10 PM CLT #

Pepa te comunico que asi empezaste tu comentario de respuesta a Ray: "Ray que amargado, que pena que te vaya mal con tu Pyme"... y despues te impresionas porque te atacan!!!????? no mas bromas por favor! Ray tiene un punto, una persona escribiendo del comodo escritorio es muy diferente a alguien que esta en el lugar de la catastrofe... y a mi me da la sensacion que este escritor a duras penas ha visitado y hablado con la gente en los lugares afectados o no escribiria tanta boludez!

Posted by Daniel on April 01, 2010 at 03:21 PM CLT #

Pepa asi empezaste tu respuesta a Ray: Ray que amargado, que pena que te vaya mal con tu Pyme... y despues te impresionas porque te atacan???? yo eliminaria opinologos de zonas no afectadas porque opinan mucha cabeza de pescado

Posted by Daniel on April 01, 2010 at 03:24 PM CLT #

Daniel.... El hablar cabezas de pescado es simplemente comentar un dictamen jurídico. No basurees a la gente sólo porque no piensan como tu. Discute con altura de miras.

Posted by Ignacio on April 01, 2010 at 03:28 PM CLT #

...no hay que haber vivido en el epicentro del terremoto para tener sentido común.

Posted by Pepa on April 01, 2010 at 03:29 PM CLT #

Primero que todo, que lata Christian que tu articulo haya dado pie a una discusion de nivel de Kindergarten entre algunos.
Por otro lado, si bien concuerdo contigo sustancialmente, creo que las ultimas decadas de legislacion laboral no revirtieron la desigualdad, sino alteraron esta en favor claramente del trabajador, y , ya que estamos en semana santa, es cosa de ver como en tribunales podriamos hablar de plabra de trabajador....

Posted by Lore on April 01, 2010 at 03:31 PM CLT #

CECILIA CAROLINA: ES ABSURDO PENSAR QUE LOS EMPRESARIOS TIENEN POR OBJETIVO "ZAFARSE" DE SUS TRABAJADORES. GENERALMENTE TENER MENOS TRABAJADORES GENERA MENOS GANANCIAS - JUSTAMENTE LO QUE LOS EMPRESARIOS NO QUIEREN.

POR SUPUESTO HAY EMPRESAS CON EXCESO DE PERSONAL, Y DEBEN TENER DERECHO A DESPEDIR, O CHILE NO AUMENTARÁ NUNCA SU PRODUCTIVIDAD. LA CESANTÍA ES PROBLEMA NO PORQUE SEA FÁCIL DESPEDIR, SINO PORQUE ES MUY CARO CONTRATAR. SI TODO CHILE BOLETEARA CONTRATAR Y DESPEDIR SERÍA FACIL.

Posted by Roberto on April 01, 2010 at 03:42 PM CLT #

Reitero que este dictamen, aparte de contener serios errores jurídicos, es para la galería, para dar la impresión de que la autoridad administrativa está haciendo algo para evitar los despidos. Pero la verdad es que los únicos facultados para determinar si un despido fue o no justificado, y si la causal de fuerza mayor logró probarse o no, son los tribunales. Lo demás, fuera de ser hojarasca, sólo sirve para crear falsas expectativas.

Posted by Patricio Manuel on April 01, 2010 at 04:03 PM CLT #

No entiendo por qué me marcan como spam mi comentario. Qué absurdo el sistema.

Posted by Patricio Manuel on April 01, 2010 at 04:04 PM CLT #

Una aclaración:
Ese dictamen no tiene fuerza alguna. Los lineamentos que da la Inspeccion del Trabajo en esta materia especifica no obligan a los tribunales de justicia ni tampoco a los particulares. Los tribunales son los únicos organos facultados para calificar la justificación un despido conforme a SU criterio.

Así los tribunales pueden desatender lo dictaminado por la Inspección. Saludos.

Posted by Sebastian on April 01, 2010 at 04:18 PM CLT #

Totalmente de acuerto con Patricio Manuel.

Ese dictamen no tiene fuerza alguna. Los lineamentos que da la Inspeccion del Trabajo en esta materia especifica no obligan a los tribunales de justicia ni tampoco a los particulares. Los tribunales son los únicos organos facultados para calificar la justificación un despido conforme a SU criterio.

Así los tribunales pueden desatender lo dictaminado por la Inspección. Saludos.

Posted by Sebastian on April 01, 2010 at 04:20 PM CLT #

Si bien estoy de acuerdo con Cecilia Carolina en que la relación laboral es desigual y que por tanto la legislación debe tender a "emparejar la cancha", no es correcto decir eso mismo de los jueces y la Dirección del Trabajo, quienes deben ser siempre ecuánimes. La Dirección fiscaliza e interpreta, y el juez juzga, pero siempre con objetividad. No están "para defender a los trabajadores", pues es la ley que tiene ese objetivo.

Posted by Juan Manuel on April 01, 2010 at 05:15 PM CLT #

Estimado Licenciado Vidal,
El que decía "Que no panda el cúnico" no era el Chavo del 8, sino que el Chapulin Colorado. Híjole.
Atte.
Ron Damon

Posted by Ron Damon on April 01, 2010 at 05:23 PM CLT #

¿ y Ud. señor ,cree que los empleadores contratan gente para disfrutar después echándolas? Ud. señor no conoce a los dueños de Pymes.

Posted by Pedro on April 01, 2010 at 06:36 PM CLT #

A las numerosas falacias expuestas agreguen ésta: Los jueces NO JUZGAN NI ADMINISTRAN JUSTICIA. Sólo aplican la ley. Lo he vivido en carne propia. No me explico, entonces, cómo se obtiene una votación de 3 contra 2 o algo así cuando emiten un dictamen en la Corte de Apelaciones o en la Suprema.

Posted by Enrique Trachet on April 01, 2010 at 07:28 PM CLT #

Puede aceptarse que la fuerza mayor invocada para despedir trabajadores en caso de una catástrofe sea utilizada por el empleador respectivo. Lo que es inaceptable es la ceguera de los que legislaron y no incorporaron un seguro obligatorio, sea privado o estatal, que se haga cargo de la indemnización por años de servicios de los trabajadores despedidos.
Es perfectamente factible de modificar esta ley,si los legisladores hacen lo que tienen que hacer para proteger a los más débiles.

Posted by pedro on April 01, 2010 at 07:51 PM CLT #

Sin duda que existen casos en que el empleador ha quedado en una situación muy precaria como consecuen-
cia del terremoto. Pero tambien empleadores inescru-
ppulosos intentarán aplicar "a rio revuelto ganancia
de los mas vivos".
Estoy completamente de acuerdo con su opinión, que eso de llamar a las regiones por números es una mania
anticultural y descaracterizadora de las tradiciones,
en mi opinion,tanto como llamar al extremo sur de
Chile, Patagonia(absurdo geográfico).

Posted by Luis Guido on April 01, 2010 at 08:00 PM CLT #

prefiero pasar por un empleador desgraciado que pagarle el sueldo y premiar a un trabajador sacador de vuelta y poco productivo, que llega atrasado, que se sabe la ley por libro y que le gusta revolver el gallinero... no nos olvidemos de esos casos tambien... la ley ampara excesivamente a los tarbajadores y pocas garantias les da a las PYMES.

Posted by Felipe Oñate on April 01, 2010 at 08:02 PM CLT #

For sure is a real spam or your own "mania fácil".

Posted by Luis Guido on April 01, 2010 at 08:03 PM CLT #

Sin duda que existen casos en que el empleador ha quedado en una situación muy precaria como consecuen-
cia del terremoto. Pero tambien empleadores inescru-
ppulosos intentarán aplicar "a rio revuelto ganancia
de los mas vivos".
Estoy completamente de acuerdo con su opinión, que eso de llamar a las regiones por números es una mania
anticultural y descaracterizadora de las tradiciones,
en mi opinion,tanto como llamar al extremo sur de
Chile, Patagonia(absurdo geográfico).

Posted by Luis Guido on April 01, 2010 at 08:08 PM CLT #

nada que ver con el contenido del artículo, pero no puedes ser tan pelmazo para decir "eso de llamar a las regiones por los números es una de las manías más fáciles y poco culturales de las que tiene este país" y luego nombrar a la catástrofe terremoto/tsunami como 27/F al mejor estilo gringo. Te faltó hablar también de la "zona cero". (igual mi comentario cero aporte, como también lo del chavo-chapulín)

Posted by Claudio on April 01, 2010 at 08:19 PM CLT #

Empresa da por muertos a cerca de 90 trabajadores para finiquitar contratos
http://economia.terra.cl/noticias/noticia.aspx?idNoticia=201003312100_INV_78866705

Posted by ger on April 01, 2010 at 10:31 PM CLT #

Estas situaciones reflejan la sensibilidad de los parlamentarios que elejimos y estan a cargo de hacer las leyes,hoy, en un mundo en que todo es asegurable ¿¿ no podian haber aprobado u seguro obligatorio,como otros,para asegurar el pago de los años de servicio a los trabajadores,para que no se fueran con las manos vacias luego de servir,20,30 o mas años a una empresa??

Posted by Carlos Ram on April 01, 2010 at 11:32 PM CLT #

Ahi quedaste Ray.

No estoy de acuerdo con el roberto el boletero, se basa en que los profesionales generalmente boletean. Eso no es ni tan cierto y ademas la proporcion de profesionales dista bastante como para hacer una extrapolacion. Por otra parte, lo del desempleo bajaria, pero el tiempo fuera de casa aumentaria porque generlamente habria mas de un empleo, para lo cual hay que transportarse y ese tiempo se pierde.

Posted by Elias on April 01, 2010 at 11:49 PM CLT #

Las feminas unidas jamas serán vencidas todas contra Ray, Doña Pepa, la Maca y la Sra Cecilia Carolina.No sean tan crueles, el hombre esta afectado por un terromoto y maremoto.Debe tener cualquier problema sean mas solidarias en vez de criticarlo tanto, ofrezcan vuestra ayuda-santas mujeres.
Animo Ray no estas solo , aunque estemos equivocados
Algo de humor siempre hace bien.- segundo round fuera los second.

Posted by Pedro Julian on April 02, 2010 at 12:09 AM CLT #

hola

Posted by matt on April 02, 2010 at 12:38 AM CLT #

fgbmnhfgnjbfgnfjknjgvbnjngjfhnjfjghfjgjfriteroweprigirijggjijghijhitjhitjfgijhitjhgjhkjhgbjkgnbhvknhg

Posted by matt on April 02, 2010 at 12:39 AM CLT #

OYE.... Roberto (El Boletero)

... ¿Y esa idea tan brillante que propones.... EN QUE PAÍS SE UTILIZA?

Pues si es idea inédita tuya.... Que alguien te postule para Premio Nobel de Economía....je!

Estarías compitiendo con otros agudos que pregonan el sueldo mínimo a 40.000 y así todos estarían con trabajo. La cesantía se iría a cero.

De uno de los dos es el Nobel de Economía.

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Posted by NOCTAMBULO on April 02, 2010 at 06:17 AM CLT #

Lo que dice Roberto es lo mismo que dijeron en un inicio del sistema capitalistas los liberales ingleses; resultado? 30% de la poblacion vive en extrema pobreza , sin contar los 36 millones en USA. Es eso lo que quieren para Chile?? No Gracias.
Que los trabajadores sobrepasen sus peleas y se unan. Otro gallo cantaria.

Posted by ronald rojas on April 02, 2010 at 08:37 AM CLT #

La legislacion laboral chilena tiene un grave problema; su vejez y su desigualdad. Y como no? Si ha sido escrita por legisladores que viven bien, estan protegidos y que no tienen una pizca de ética. Que me vienen con los PYme y sus cuentos. Hay regiones en el mundo desarrollado donde los Pyme son los creadores de las mayores riquezas y pagan, y respetan sus trabajadores como hueso santo pues saben que sin ellos el pYme se va a pime, perdon a pique!

Posted by ronald rojas on April 02, 2010 at 08:49 AM CLT #

Christian su articulo es bueno! Al menos es valiente; que es lo que falta a los Roberto's y Ray's. Siga asi, continue estudiando y profundizando en las leyes y ayude a cambiarlas. Los trabajadores chilenos se lo agradeceran. La fuerza mayor ha sido siempre un problema, aqui y en la quebra del aji. Cada cual la interpreta a su manera y en su propio interes, lo que es tambien correcto. Es dificl encontrar la verdad! Sin hablar de la justicia. Continue!

Posted by ronald rojas on April 02, 2010 at 08:56 AM CLT #

Es en momentos de catastrofe que afloran mas limpidos los problemas. Y porqué estos senores que reclaman tanto, que boletean tanto, y que se queman las pestanas estudiando como pagar menos o simplemente no pagar, no han creado un seguro para sus PYMES? Porqué deben de ser los trabajadores los que pierdan siempre? Sin embargo, sin ellos, no hay economia. Se puede construir un pais sin Pymes ni grandes patrones, pero NO SIN trabajadores! Que me dicen?

Posted by ronald rojas on April 02, 2010 at 09:05 AM CLT #

Christian siga asi, su articulo es bueno. Al menos es valiente plantear estos problemas, no como los Robertos's y Ray's. El mundo laboral pasa por duros momentos. En Chile se ha empeorado a causa del terremoto. Su llamado a no aprovecharse del pânico para evitar cumplir con la ley, es digno de respeto. Como ejemplo, luego del terremoto del 60 Yarur introdujo maquinarias por Talcahuano sin pagar impuestos, eran maquinas para las empresas en Santiago; un vulgar robo al pais, en beneficio personal.

Posted by ronald rojas on April 02, 2010 at 09:45 AM CLT #

Realmente lamentable es la situacio laboral en Chile antes y despues del terremoto.
En primer lugar debemos definir que, el trabajador en Chile, tiene una legislacion total mente desfavorable y ademas una nula posibilidad que esta pueda cumplirse en las actuales circunstancias.
Creo que seria mucho mas constructivo decir que para que haya justicia laboral al menos esta debe ser revisada aprobada y dictada, sin considerar la nula capacidad coersitiva que tiene la direccion del trebajo.

Posted by portentus on April 02, 2010 at 11:07 AM CLT #

RONALD: DATE UNA VUELTA POR ALGÚN PAÍS DE ESOS EN QUE NO EXISTEN PYMES. LOS TRABAJADORES VIVEN MUCHO MEJOR EN CHILE.




Posted by Roberto on April 02, 2010 at 11:34 AM CLT #

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@ ROBERTO... ¿Y cuáles serían algunos de esos países?

Veamos cuales menciona. Ojo que yo he recorrido bastante más que 40 países.

Me dejó intrigado.
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Posted by NOCTAMBULO on April 02, 2010 at 02:50 PM CLT #

Pedro, esto no se trata de ser mujer o no, se trata de tener sentido común. Apuesto a que el famoso Ray es un abogado tanto o más de escritorio que el columnista (se los aseguro), y fue súper roto con la Pepa.
Todos los abogados sabemos que un dictamen no puede ser exigible, pero en materia labora, por Dios que los toman en cuenta en tribunales. Además, con la reforma laboral, creo que hasta los dictamenes son menos pro trabajador que las sentencias...

Posted by Cecilia Carolina on April 02, 2010 at 03:39 PM CLT #

...Lo que encuentro aberrante, es la postura de Roberto, de ese laissez faire en materia laboral,a puro "boleteo". Por favor!Efectivamente, un profesional que tiene varios de esos honorarios o pegas, no tiene problemas, por cuanto hay una relación de iguales, pero el boleteo no asegura imposiciones, previsión ni derechos mínimamente dignos a los trabajadores de menor calificación, y de eso se tiene que ocupar el derecho laboral...

Posted by Cecilia Carolina on April 02, 2010 at 03:42 PM CLT #

Finalmente, con respecto al terremoto, si un empleador que sufrió las REALES consecuencias del sismo, se ve obligado a despedir sin indemnizar a sus trabajadores, insisto, con REALES argumentos (que los avala el dictamen), no tiene por qué estar en contra de la legislación. Ahora, obviamente si quiere aprovecharse de las circunstancias, tiene 4 ojos mirando y fiscalizando las chambonadas que pretenda hacer.

Posted by Cecilia Carolina on April 02, 2010 at 03:46 PM CLT #

La ley se pone en el caso del empresario que pierde su industria por fuerza mayor. La cuestion es que hay quienes ven en el terremoto una buena oportunidad de negocio. La codicia en estos casos es el motor.

Posted by Rodrigo on April 03, 2010 at 10:46 AM CLT #

El tema es que para muchos, la codicia la disfrazan de catástrofe, y sobre todo, empresas que no tenían fundamentos para bajar su dotación de personal. Nadie critica a las PYME, además, quienes más las han perjudicado es el propio Gobierno, que le compra los materiales a las grandes cadenas como HC, Easy y CM.... Obvio! Si la mayoría de los ministros deben ser accionistas!!!!

Posted by Ignacio on April 03, 2010 at 10:48 AM CLT #

La ley regula las relaciones entre las personas pero siempre hay la popsibilidad de "interpretarla" en benefecio propio. En tales casos serán los tribunales los que diriman lo que es justo.
¿ Pero se puede confiar en los tribunales?

Posted by Eduardo on April 03, 2010 at 10:52 AM CLT #

Ahora que los empresarios administran el país podemos esperar cualquier cosa en materia de atropellos a los derechos de los trabajadores.
Ojalá me equivoque, pero las relaciones de familia y los intereses compartidos entre gobierno y empresas, hacen temer que los trabajadores esten ahora mas desvalidos que en el pasado.

Posted by alvaro on April 03, 2010 at 10:57 AM CLT #

Ahora van a decir por enésima vez que por el TERREMOTO no llamaron a licitación pública para la compra de materiales????? Esperemos 4 años en los cuales el TERREMOTO gobierne las decisiones del Club de Golf de Cachagua...

Posted by Cecilia Carolina on April 03, 2010 at 11:00 AM CLT #


Noctámbulo: Date una vuelta por países en que la producción la controla el Estado. No tienen PYMES como las entendemos nosotros, y la población vive bastante mal si le crees a los que se escapan de esos países en balsa.

El sector privado es necesario.

Posted by Roberto on April 03, 2010 at 02:42 PM CLT #

¿Qué tiene de "poco cultural" llamar a las regiones por los números?, además de ser "una de las manías más fáciles"?, hasta donde yo recuerdo, por muchos años las regiones tenían un número y nombre, seguramente eso quedó en la memoria de mucha gente ... así de simple.
Sé que los abogados tienen fobia hacia los números, pero tu comentario sonó super tonto ... para mi algo "poco cultural" es el basural que queda en Valparaíso después de celebrar la cultura (el olor a urinario es asqueroso)

Posted by mmo on April 04, 2010 at 09:30 PM CLT #

¿Qué tiene de "poco cultural" llamar a las regiones por los números?, además de ser "una de las manías más fáciles"?, hasta donde yo recuerdo, por muchos años las regiones tenían un número y nombre, seguramente eso quedó en la memoria de mucha gente ... así de simple.
Sé que los abogados tienen fobia hacia los números, pero tu comentario sonó super tonto ... para mi algo "poco cultural" es el basural que queda en Valparaíso después de celebrar la cultura (el olor a urinario es asqueroso)

Posted by MacaValpo on April 04, 2010 at 10:05 PM CLT #

felipe oñate: pensamiento tipico de empresario o ejecutivo que solo piensa en las utilidades y no en su gente, si tienes ese tipo de personal, es por que tu gestion en tu empresa tiene alguna deficiencia,cuando se respetan los derechos del trabajador y se le reconoce su labor te aseguro que la productividad te aumentara y no tendras mayores problemas,

Posted by alberto echeñique on April 05, 2010 at 11:44 AM CLT #

Éstos individuos como el ronald son muchos, creen que el sistema que llaman "capitalismo", o "neoliberalismo" con su salvajismo, con los patrones explotadores y trabajadores explotados, con el egoísmo, la avaricia, codicia, etc., como motor de la economía, que la protección social, que el lucro, etc., es el gran problema de nuestro mundo. Contaré una historia sobre ésto pero cuando tenga tiempo.

Posted by Leandro on April 05, 2010 at 11:53 AM CLT #

esta claro se dijo se anuncio que venia TATAN
Y COMO EL CUENTO DEL LOBO Y PABLITO NO CREYERON
Y AHORA QUE ME DICEN LOS QUE SE ENGRUPIERON SOLO
SOS GRANDE TATAN

Posted by el manque on April 06, 2010 at 12:43 PM CLT #

Solo agregar una cosa: "que no panda el cúnico" es frase del Chapulín Colorado, no del Chavo.

Posted by Ricardo Saez on April 06, 2010 at 03:31 PM CLT #

Buen artículo. Tema bastante actual.

Posted by 87.72.214.92 on April 07, 2010 at 05:57 PM CLT #

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