Femicidio: Más allá del slogan
Aug. 20 , 2010
Ayer nos enteramos por los medios de la aprobación en comisión mixta de un proyecto de ley que contempla por primera vez el delito de femicidio en nuestra legislación. Nuestras autoridades se manifestaron satisfechas, especialmente la Ministra del SERNAM, Carolina Schmidt Zaldívar, quién aseveró que “sólo cuando quede claro que en Chile se castiga a los hombres que matan mujeres, cambiará la cultura que banaliza sus muertes”.
Cabe preguntarse respecto a esta nueva legislación si realmente existirá un antes y un después de la dictación de ésta ley; dicho de otro modo, si estamos frente a una innovación trascendental, una solución real o simplemente frente a más de lo mismo; un simple slogan en definitiva.
Recuerdo de niño mi adicción por las tiras cómicas de Mafalda escritas entre 1964 y 1973 por Quino. En una de esas tiras, Mafalda deslizó –como de costumbre- uno de sus lapidarios comentarios: “Más que un papel, en la historia la mujer ha jugado un trapo”. Efectiva y lamentablemente, a la mujer le ha costado por siglos obtener el lugar que se merece en la sociedad.
Las primeras culturas paganas adoraban a deidades femeninas puesto que relacionaban la maternidad con lo mágico y lo místico de la creación. Pero posteriormente con el avance de las religiones monoteístas, el rol de la mujer fue reducido al de costilla, vale decir subproducto del hombre lo que se ha mantenido hasta la actualidad, negándosele todo tipo de derechos y libertades.
En nuestro país, como era de suponerse, la cosa no ha sido distinta. Recién el año 1877, las mujeres pudieron acceder a la educación superior, sin embargo esto fue mal visto y castigado socialmente hasta hace no mucho tiempo. El año 1925 pudieron servir como testigos y administrar los bienes obtenidos de su propio trabajo y sólo desde 1949 adquirieron plenos derechos políticos.
Hasta la dictación de la ley 18.802 en 1989 la mujer casada bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal era considerada relativamente incapaz por nuestro Código Civil y hasta hace unos pocos años se castigaba con el delito de adulterio a aquellas personas que tenían relaciones extra-maritales, pero mientras en el caso de los hombres sólo era aplicable si implicaba algún tipo de escándalo, para las mujeres la ley regía en todos los casos.
Si bien la norma en tramitación en nuestro Congreso, evidentemente no tendrá la relevancia social de aquellas citadas en los párrafos anteriores; no tipifica un nuevo delito (el asesinato de una mujer ha estado desde siempre incluido en la figura de homicidio), no crea tampoco una figura calificada (el homicidio de una esposa siempre ha estado castigado con la figura agravada de homicidio llamada parricidio) ni tampoco se crea alguna agravante (ya el N° 6 del artículo 12 del Código penal contemplaba la agravante de “Abusar el delincuente de la superioridad de su sexo, de sus fuerzas…”). Si incluye una modificación real y sustantiva la que extiende el delito de parricidio a los convivientes y a los ex, pero corre tanto en el caso de los hombres como el de las mujeres.
El objetivo principal del proyecto es uno quizás más modesto, pero no por ello poco importante: Es dar visibilidad al problema. En efecto, en el mismo texto se señala como objetivo “Incorporar, conceptualmente, el tipo de femicidio, como todo asesinato en que la víctima sea la cónyuge, conviviente o cualquier mujer con la que el agresor está o haya estado ligado por alguna relación afectiva.
Lo anterior viene a llenar un vacío tanto conceptual como de tipificación existente en nuestra legislación.
En efecto, en el plano teórico la división del parricidio, distinguiendo específicamente como femicidio las conductas contra la mujer, permitirá una mejor comprensión del problema, una adecuada difusión de sus implicancias y constituirá una señal mediática y cultural que apunte decididamente a evitar su ocurrencia.”
Un informe del año 2002 de la Organización Mundial Para la Salud acerca de “Violencia y Salud” logró determinar que entre un 50 y un 70% de las muertes violentas de las mujeres son perpetradas por actuales o ex parejas, maridos o convivientes. El mismo estudio demostró que en el caso de los hombres, esta cifra apenas llega al 5%. En nuestro país las mujeres son víctimas de un 95% de los casos de Violencia Intrafamiliar.
Resulta más o menos evidente que no se puede dar una penalidad distinta per-se al asesinato de una mujer que al de un hombre, pues ello importaría señalar que la vida de uno tiene un mayor valor intrínseco y por ende jurídico que la del otro. Lo que si está a nuestro alcance y debemos hacer es darle visibilidad a un problema enterrado por muchos años: la injusta y desproporcionada violencia que reciben muchas mujeres en manos de algunos hombres que creen estar viviendo en otro siglo (o en otras sociedades) y que mantienen algún tipo de potestad o superioridad respecto de ellas.
No pasa un solo día en Aboga en que no recibamos mujeres sencillamente destruidas moralmente por los constantes abusos (principalmente psicológicos, pero también físicos) cometidos en su contra por sus actuales o ex parejas. El acento de los abusos recae en aquellas mujeres que dedican a las labores del hogar común y del cuidado de los hijos y que por ende, al no estar insertas en el mundo laboral, reciben abuso no solamente por la eventual superioridad física, sino que también por el hecho de depender económicamente de su agresor, lo que le impide a la mujer buscar una salida a su problema por no contar con los recursos económicos necesarios.
Señoras y señores, el término femicidio se constituirá con esta modificación en mucho más que un neologismo. Debe ser una forma de visibilizar y atacar decididamente un antiguo tumor (producto de la ingesta exacerbada por años de la cultura del machismo). La violencia en contra de la mujer es una de las piedras de tope que impide el pleno ingreso de la mujer a la sociedad del Chile Bicentenario.
Por Alejandro Krausz Bitrán





Posted by Tomás on August 20, 2010 at 09:06 AM CLT #
Ahora se van a quedar contentos que el nuevo nombre cuando lo que se requiere son fondos y ejecución decente para la protección de toda la familia (la virgen opus no ayuda)
Posted by Tomás on August 20, 2010 at 09:10 AM CLT #
Posted by Aldo on August 20, 2010 at 10:20 AM CLT #
Efectivamente se trata de una figura cosmética, pues no altera en nada la penalidad de ningún delito, ni crea otro: Sólo cambia un nombre. Entiendo que puede ser entendido como "populista", pero ¿no es acaso una de las funciones del Derecho penal servir de elemento disuasivo para la comisión de delitos?. Creo que si tipificar el femicidio, logra darle más visibilidad y ayuda a la disuación, enhorabuena.
Saludos,
Posted by Alejandro Krausz Bitrán on August 20, 2010 at 11:03 AM CLT #
Posted by juan vallejos on August 20, 2010 at 11:07 AM CLT #
Si se le diera una penalidad distinta al asesinato de una mujer que de un hombre, claramente la norma sería inconstitucional, pero no es el caso. Aquí sencillamente se le cambia el nombre para darle visibilidad al problema, manteniendo una misma penalidad.
Saludos,
Posted by Alejandro Krausz Bitrán on August 20, 2010 at 11:49 AM CLT #
Posted by edmundo on August 20, 2010 at 01:27 PM CLT #
Posted by jessica Navarro on August 20, 2010 at 02:14 PM CLT #
Posted by gonzalo on August 20, 2010 at 04:26 PM CLT #
Gracias por tu comentario. Creo que cualquier gestión que se haga, aunque sea meramente comunicacional como ésta, debe ser bien considerada. Concuerdo eso si en que la prevención pasa esencialmente por otras medidas.
Saludos,
Posted by Alejandro Krausz Bitrán on August 20, 2010 at 05:16 PM CLT #
Primera vez que tengo la oportunidad de leer sus comentarios y los felicito, en escazas oportunidades se leen columnas jurídicas con un enfoque tan transversal.
Posted by Danielle on August 20, 2010 at 07:46 PM CLT #
Posted by Erasmo bernales ochoa on August 21, 2010 at 07:38 PM CLT #
Posted by Erasmo bernales ochoa on August 21, 2010 at 07:43 PM CLT #
Posted by Daniel Yovanovic on August 22, 2010 at 09:05 AM CLT #
Muchas gracias por tus elogiosos comentarios.
Saludos,
Posted by Alejandro Krausz Bitrán on August 23, 2010 at 10:38 AM CLT #
La respuesta es simple: Vivimos en un país libre y la gente lee y opina la columna que le plazca y mientras un tema siga siendo discutido la columna sigue siendo visible.
Eso es todo.
Posted by Alejandro Krausz Bitrán on August 23, 2010 at 10:39 AM CLT #
Posted by Matias on November 06, 2011 at 12:07 AM CLST #