Axel Buchheister

Comentando la actualidad

 

Convenio indígena y contrabando

Jun. 07 , 2009

2 Comments

El convenio 169 de la OIT, sobre pueblos indígenas, ha comenzado a preocupar a variados sectores. Nadie puede desconocer la situación de postergación en que se encuentran vastos sectores indígenas, pero la pregunta es si amarrarse a un convenio internacional es la solución y si un exceso de protección no puede terminar causando más daño a los propios sectores indígenas y, de paso, al resto de la comunidad nacional, por la inseguridad jurídica y desincentivos a la inversión que puede provocar una política de esas características.

Cuando se repasa el tema del Convenio 169, queda la sensación de que todo en torno a él se caracteriza por una suerte de "contrabando". Y desde su origen mismo, porque nadie ha podido explicar qué autoridad y competencia tenía la "Organización Internacional del Trabajo" para sacar un convenio que habla del derecho de los indígenas a determinadas tierras y de la protección de su tradición, etc., mientras que de lo laboral dice muy poco.

El hecho de que ahora los sectores empresariales afectados se estén desayunando con su propia existencia y proyecciones, demuestra que el debate para su aprobación en el Congreso no fue muy abierto ni que se escuchó a todos los involucrados, como en teoría deben hacerse las cosas en democracia. Más aún, cuando se revisa la votación en el Senado, se descubre que fue aprobado por todos, salvo una honrosa excepción, incluyendo el sector que uno supone más preocupado por el crecimiento y la inversión.

El convenio no contiene soluciones concretas para los asuntos indígenas, sino que un conjunto de principios y exhortaciones, que sin duda obligan al Estado que lo suscribe. Esto significa dos cosas: primero, que el convenio no es "auto ejecutable", sino que el Estado debe adoptar medidas tendientes a hacerlo efectivo, existiendo una amplia gama de opciones para lograr dicho propósito; y segundo, que la obligación pesa sobre el "Estado", que no es sinónimo del "Gobierno". Será aquél, entonces, el que en sus diversas instancias tendrá que aprobar las correspondientes iniciativas. De esta forma, el Gobierno chileno no se puede sentir autorizado -por lo demás, nuestra Carta Fundamental tampoco lo permite- para dictar normas y prescindir del Congreso en tal aprobación. De hecho, la gran mayoría de las iniciativas son materia de ley, como por ejemplo, temas relacionados con la propiedad indígena o restricciones a la de terceros, o ciertas cargas -verdaderos tributos- que gravarían a éstos.

Recientemente nos hemos enterado de que el Comisionado Presidencial para Asuntos Indígenas (cargo que legalmente no existe) está elaborando un "Código de Conducta Responsable" en tierras indígenas, que por su propio nombre viene a ser una normativa integral sobre las inversiones en ellas. Claro que el propio Comisionado reconoce que los tópicos que trata son materia de ley (eso sin considerar que la Constitución señala que los "códigos" siempre lo son), de modo que sólo será obligatorio para el sector público y después de un tiempo, cuando se apruebe una ley, obligará a todos. Puro contrabando, porque obviamente lo que se logrará con las consultas previas, y con la posterior puesta en marcha de facto del código, será colocar al Congreso ante hechos consumados, que harán muy difícil cualquier intento por hacer o aprobar algo distinto; y antes que eso, servirá de carta de presentación para exigir a las empresas privadas desembolsos que no están previstos en ninguna norma legal. Finalmente, resulta novedosa la tesis que los órganos públicos pueden hacer las cosas antes que se aprueben las leyes.

El rumor dice que en el Gobierno pocos sabían de todo el asunto. Más precisamente, que sólo el ministro de Energía (no se ha dictado la ley que crea el ministerio, pero ya está investido) era el único que se estaba oponiendo. También que, una vez enterado, el ministro de Hacienda estaría muy molesto (otras versiones dicen que sólo "complicado";); lo propio con el ministro del Interior.

La pregunta que cabe es: ¿cómo es posible que una persona que legalmente es un simple asesor a honorarios esté definiendo a puerta cerrada cuestiones de tanta trascendencia política y económica, mientras que las más altas autoridades de ambos sectores no parecen haberse encontrado al tanto? O si lo estaban, ¿por qué no asumen públicamente su posición y remiten los proyectos de ley al Congreso, que es lo único que corresponde?



Comments:

No dudo de la veracidad de lo que se expone. Siendo así, Dios nos libre de nuestro gobierno, donde toman decisiones vitales quienes no tienen atribuciones ni competencias. En el fondo, basta ser integrante de la "nomenklatura" para intervenir en temas tan delicados. En lo que compete a la OIT, me huele a compromisos políticos históricos. Da la sensación de que navegamos en aguas desconocidas y arremolinadas.
Lamentable, por cuanto no ajusta con nuestra calidad de país serio y responsable.

Posted by freddy on June 08, 2009 at 12:32 PM CLT #

un sabio dijo una vez, que cuando los politicos no saben solucionar algo, hacen una ley.

Posted by david on June 13, 2009 at 01:49 AM CLT #

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