Editorial

de La Tercera

 

Atentados con bombas y calificación de actos terroristas

Jan. 29 , 2009

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El gobierno presentó el viernes recién pasado una querella en los tribunales de justicia para que se investiguen los hechos relacionados con 32 atentados explosivos ocurridos en Santiago a partir de agosto de 2007. La acción legal se dirige en contra de quienes resulten responsables del delito de daños a la propiedad.

De acuerdo a lo señalado por el subsecretario del Interior, el propósito de esta querella es hacerse parte en la investigación en que se han acumulado estos hechos bajo la responsabilidad del fiscal regional de la Zona Oriente. Asimismo, justificó perseguir ese delito y no los de carácter terrorista, en que sería necesario determinar los responsables y luego evaluar ese  carácter.

La decisión del gobierno de querellarse por un tipo de delito que apunta a algunos de sus resultados -daños a la propiedad- y no a la naturaleza de las acciones -de carácter terrorista por los antecedentes disponibles-, resulta inexplicable y denota una calificación equivocada de los atentados cometidos. Además, resulta contradictoria con lo expresado por las autoridades del propio Ministerio del Interior, que en los últimos días reclamaron una acción más efectiva del Ministerio Público y se mostraron preocupadas por la recurrencia de estos hechos.

No cabe duda que los tribunales de justicia serán los que determinarán en definitiva si estos hechos son simples atentados a la propiedad o si caen dentro de los delitos tipificados en la Ley de Conductas Terroristas. Cabe consignar que ayer uno de los fiscales que participa en el caso aseveró que las conductas calzaban con las sancionadas en la ley mencionada.

La opción escogida por la autoridad en la querella es reveladora de la dimensión y alcance que ella le está dando al problema. Por de pronto, ello incide en la prioridad y en los recursos que el Ministerio del Interior, responsable de la seguridad pública, destina a la prevención e investigación de estos hechos. Hay aquí una señal débil a las policías que dependen de ese ministerio, respecto de la forma como deben enfrentar su investigación.

El diagnóstico equivocado sobre la magnitud de este problema ya había quedado de manifiesto con el ánimo del gobierno de reiterar que se trata de acciones y grupos aislados. La realidad ha desmentido esas aseveraciones, como lo demuestra que sean 63 los atentados cometidos desde enero de 2006.
En la calificación de los hechos en la querella llama la atención que no se consideren los daños, potenciales y efectivos, que estos atentados han causado a las personas, como las lesiones sufridas hace pocos días por guardias de un establecimiento comercial y, en general, que los estallidos se han producido en lugares y horarios donde pudieron costar la vida de personas.

La ley vigente determina que son conductas terroristas los delitos que se cometen con la finalidad de producir en la población el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie, presumiendo que existe ese propósito, salvo que conste lo contrario, "por el hecho de cometerse el delito mediante artificios explosivos o incendiarios".

El texto legal desmiente que sea necesario investigar los hechos para hacer esta calificación, porque el legislador ha querido adoptar una posición preventiva ante este tipo de ataques, por la amenaza que representan a la seguridad pública.

Se ha llamado la atención sobre la gravedad que representa para nuestra convivencia democrática que en los tres últimos años se hayan repetido estos atentados y, hasta la fecha, no existan imputados o condenados por estos delitos. Es deseable que tanto las policías a cargo de investigar estos hechos como el Ministerio Público les confieran la prioridad que su gravedad amerita.

El número de atentados cometidos y el que sus autores hayan logrado mantenerse en la impunidad durante todo este tiempo revelan su grado de organización y la peligrosidad que representan para la sociedad.



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